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Worms perdió el juicio contra la Comuna

La firma deberá devolver el predio.

La firma deberá devolver el predio.

Worms había iniciado un juicio contra la Comuna, luego de que ésta en marzo del 2017, le clausurara su planta en esa localidad por irregularidades en su actividad y reclamos de contaminación al medio ambiente. Finalmente, el miércoles pasado, la Justicia le dio el respaldo a la gestión de Rodolfo Stangoni que por entonces había tomado la decisión de cese de actividades de la firma.

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El doctor Alejandro Stangoni repaso lo acontecido con esta firma que llegó en el 2011 a Fighiera previo acuerdo con la Comuna, en ese entonces presidida por Carlos Mariani, para realizar el tratamiento de residuo urbano de la comunidad. “Allí, incluso con la autorización de Medio Ambiente, reciben la autorización hasta el 2021 con opción de renovación. Pero cuando ingresa la gestión de Rodolfo, en diciembre de 2015, nos encontramos con que si bien recibían la basura no la estaban procesando.”

“Allí tuvimos una reunión con el titular de la empresa comprometiéndose en sesenta días a poner en funcionamiento correspondiente de la misma pero siempre incumpliendo la normativa vigente” – recordó. “Pero a mediados del 2016, los vecinos del barrio de La Costa comenzaron con reclamos y denuncias indicando que la planta recibía además, camiones con líquidos que desconocíamos en un principio de que se trataba, y la existencia de varias cavas.”

Por entonces, la Ingeniera de la Comuna Ximena del Cerro realizó la constatación y ese resultado fue comunicado al Ministerio de Medio Ambiente: “en una reunión en el Ministerio, con la firma y la comuna, la empresa indicó estar recibiendo líquidos industriales para su tratamiento. La Comuna, por su parte, expresó el interés de que siguieran trabajando siempre que cumplieran con toda la normativa y sumando mano de obra. Y entonces Medio Ambiente determinó un cese momentáneo para que no siga recibiendo esos líquidos hasta que presente el estudio de impacto ambiente por esta nueva actividad.”

“La cuestión es que a la semana, seguían ingresando camiones. Teníamos las denuncias de los vecinos y además, las constataciones de los inspectores comunales” – sumó. “Volvimos a notificar a Provincia y enviamos carta documento a la empresa para que no vuelva a hacerlo. Y a fines del 2016, sale una resolución de Medio Ambiente autorizándolos por un período de prueba de 90 días para ingresar un único camión por día, pero pusimos una guardia de inspectores y la cantidad de camiones que ingresaba era muchísima.”

Así fue que en marzo de 2017, la comisión comunal emite la ordenanza 5/17 “la cual, por todos los incumplimientos, se dispone retirar las autorizaciones para funcionar y que no trate ningún residuo ni sólido ni líquido. Allí Worms inicia este juicio solicitando a la Cámara de lo Contencioso Administrativo diga que esa ordenanza era ilegítima e inconstitucional porque sostenía que la Comuna no tenía competencia para clausurarla.”

No obstante, la Justicia determinó el miércoles pasado que la Comuna sí contaba y cuenta con la potestad para hacer lo que hizo. “Es un fallo contundente con todos los considerando, fundamentos. Entre otros, la Ley Provincial de Comunas que establece que las mismas pueden generar normativas en materia de salud y ambiente. Y además, porque en el convenio de 2011, uno de los puntos establecía que la propia autoridad comunal se reserva el control y fiscalización de la obra y su funcionamiento.”

Worms deberá devolver el predio
El doctor Javier Downes, también asesor legal de la comuna, informó que “en principio, la firma tiene diez días para apelar el fallo a la Corte provincial, la única instancia que le queda, pero no creo que lo vayan a hacer. Y sino, tienen que entregar nuevamente le predio.”
El terreno ubicado sobre el camino que conduce a la Arenera y al barrio de la Costa, es de aproximadamente unas tres hectáreas. “Creemos que se achicarán los tiempos y deberán restituir el predio que en gran parte es de la Comuna y otra parte, de privados.”

34 millones que no pagará la Comuna
“Ellos reclamaban 34 millones de pesos a la Comuna que era una importante suma, pero eso quedó sin efecto” –recordó Downes. Este monto según Worms es lo que perdía por no poder trabajar hasta el 2021, conforme al convenio. “La Comuna no tendrá que pagar esto y Worms, por el cotnrario, deberá hacerse cargo de las costas del juicio y honorarios de los abogados intervinientes.”

Mariani y Worms
Carlos Mariani quien no solo autorizó siendo presidente comunal la autorización de esta empresa, posteriormente en el surgimiento de los reclamos de los vecinos, marcó su posición a favor de la firma e incluso exigiendo la nulidad de la mencionada ordenanza que no contaba con su firma siendo represente de la minoría de la Comisión.
La cuestión es que este reciente fallo, hizo caso omiso al pedido del polémico dirigente indicando que la ordenanza sí contaba con la firma de los demás miembros comunales con el quorum respectivo para su sanción.

Un fallo que marca antecedentes
También el doctor Stangoni indicó que este fallo de la Cámara deja un importante antecedente en reclamos contra firmas que puedan contaminar el medio ambiente. “Porque reconoció el poder de la Comuna para actuar sobre una acción contaminante por los principios precautorio y de prevención establecidos en la Ley Nacional de Medio Ambiente.”

Fuente: La Posta Hoy

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