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Régimen de Regularización de deudas

La Secretaría de Hacienda prorrogó hasta el 30 de Diciembre de 2012, con vigencia hasta dicha fecha el Régimen de Regularización de deudas.

Imagen de Régimen de Regularización de deudas

La Secretaría de Hacienda informa que se ha prolongado hasta el 30 de Diciembre de 2012, quedando con vigencia hasta dicha fecha el RÉGIMEN DE REGULARIZACIÓN DE DEUDAS para los contribuyentes de Tasa General de Inmuebles, Tasa de Agua Potable y Desagües Cloacales, Servicio de Mantenimiento y Conservación de Caminos Rurales, Contribución de Mejoras, Derecho de Registro e Inspección, Derecho de Cementerio y demás tasas y servicios municipales, aun cuando las mismas se encuentren en proceso de ejecución judicial, en instancia de fiscalización, de determinación o de discusión administrativa, incluyendo los honorarios judiciales.
Deben regularizarse por medio del presente régimen las deudas vencidas o devengadas, según la tasa o derecho de que se trate, al 31 de diciembre de 2011, incluyendo las provenientes de regímenes de regularización caducos al 31 de diciembre de 2011, no pudiendo realizarse el acogimiento en forma parcial por rubro adeudado.
El pago de las obligaciones regularizadas podrá realizarse de la siguiente manera:
1) Al contado: Con una bonificación del treinta por ciento (30%) del monto de los Intereses resarcitorios por pago dentro del plazo previsto al efecto.
2) En cuotas: Hasta doce (12) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin interés de financiación.
3) En cuotas: Hasta 24 (24) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un interés de financiación del 1,5% mensual.

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