El concejal del Frente Progresita, Cívico y Social presentó tres nuevos proyectos. "La Guardia Mínima del Servicio Eléctrico, salió aprobada por unanimidad. El Parque de Skate, pasó a comisión. Es una propuesta avalada por mas de 500 firmas y el Cordón cuneta, está legislado, pero a pedido de vecinos requiere una nueva traza", resumió el edil. Estos son los textos de las iniciativas
PROYECTO MINUTA DE COMUNICACIÓN
“GUARDIA MÍNIMA IMPRESCINDIBLE DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO ELÉCTRICO MUNICIPAL PARA DÍAS NO LABORABLES”
Visto:
Los reiterados apagones sufridos en distintos sectores de la ciudad por puestas fuera de servicio del alumbrado público municipal, durante los fines de semana y o días feriados, y;
Considerando:
Que durante las jornadas no laborables de la administración pública, en numerosos sectores de la ciudad, el servicio de iluminación pública artificial es inestable quedando a oscuras distintos barrios durante varios días, sin posibilidades de reposición del servicio, principalmente en días feriados, no laborables y fines de semana;
Que esta situación hace del barrio o sector afectado, un lugar inseguro para toda la población, carente de alumbrado público, configurando un factor de riesgo e inseguridad hacia las personas, bienes personales e incluso el tránsito peatonal y o vehicular;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE MINUTA DE COMUNICACIÓN
El Honorable Concejo Municipal solicita al D. E. M. la implementación del Sistema de Guardia Mínima Indispensable del Servicio de Mantenimiento Eléctrico Municipal, el cual podrá adoptar la modalidad de Guardia Pasiva o Guardia Activa, en la forma que establece el convenio colectivo de trabajo. A fin de posibilitar las reparaciones que surjan de la necesidad de mantener el servicio eléctrico para iluminación, funcionamiento de maquinarias y semáforos u ordenadores de tránsito en toda la ciudad durante las horas nocturnas, los fines de semana y días no laborables.
PROYECTO DE ORDENANZA
“Construcción del Parque de Skate en el predio municipal de calle Cardozo entre A. Argentina y Coronel Arnold”
Visto:
La solicitud de la Asociación Civil de Arte y Deportes de Arroyo Seco “A.C.A.D.A.S.” en formación, relacionado a la afectación de un terreno municipal para la construcción del Parque de Skate, y;
Considerando:
Que es creciente la cantidad de jóvenes que practican la actividad deportiva del skateboarding, Rollers y demás deportes alternativos sobre ruedas y la posibilidad de contar con un ámbito público adecuado;
Que es un deporte practicado cada vez con más asiduidad en todo el territorio provincial y del país. Conociéndose la voluntad municipal de contribuir al desarrollo de esta actividad, contribuyendo con la determinación de un ámbito acorde a la seguridad y buena convivencia;
Que en las prácticas deportivas habituales del Skate, se utilizan lugares con arquitectura y desniveles que resultan funcionales pero que puede ir en detrimento de la integridad física de los practicantes por no ser diseñados para tal fin;
Que grupos de jóvenes y niños, conjuntamente con padres han planteado la necesidad de contar con una Pista o Parque de Skate en un lugar adecuado, con la infraestructura necesaria para un buen desarrollo de la actividad. Tal como lo respaldan las más de quinientas firmas recepcionadas recientemente;
Que la existencia de este tipo de ámbito es entendido como inversión social y constituye la opción más adecuada respecto a durabilidad, seguridad y práctica de la actividad;
Que atento a la predisposición municipal ya manifestada por proyecto alternativo en el cual se hace referencia a la utilización del Fondo Federal Solidario establecido por Decreto Nacional N° 206/09 y adhesión Provincial Decreto N° 486/09 y Municipal según Decreto N° 137/09, es posible afrontar los costos de la ejecución de obra requerida;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Artículo 1)- Defínase como Parque de Skate o pista Skate al espacio destinado a la actividad deportiva, recreativa y educacional para quienes practican el SKATE, BMX, LONGBOARD, ROLLERS, ACROBACIAS Y MALAVARES, ARTE Y GRAFFITIS y SERIGRAFIA.- Defínase como Usuario a toda persona física o jurídica que utilice el Parque de Skate ya sea de forma individual o bien en el marco de programas deportivos programados.
Artículo 2)- El Parque de Skate se constituye por estructuras fijas o móviles destinadas a la práctica denominadas halfs, cuarters, barandas, escaleras y cajones, así como otras que puedan ser incorporadas en el futuro. Estas estructuras se basan en hormigón estabilizado y alisado, según normas generales de construcción aconsejadas por asociaciones internacionales o mundiales en este deporte.
Artículo 3)- Las condiciones de uso y seguridad del parque se explicitarán claramente en el señalamiento del parque citando la presente ordenanza.
Artículo 4)- La Municipalidad de Arroyo Seco podrá celebrar convenios de colaboración y participación con Asociaciones específicas de este tipo de actividad deportiva.-
Artículo 5)- Establézcase como requisitos indispensables para el uso del Parque de Skate el uso de casco, rodilleras, coderas y muñequeras, así como los elementos de seguridad necesarios que requieran las variantes de este deporte. No se podrá utilizar este parque bajo condiciones climáticas que pongan en peligro la integridad física de los usuarios. Está totalmente prohibido el uso de las instalaciones con elementos no propios de la actividad que puedan causar daños a las estructuras o a los usuarios.
Artículo 6)- Los usuarios están obligados al correcto uso de las instalaciones, como así también al buen trato con otros usuarios, vecinos, personal de seguridad y público en general.
Artículo 7)- La Municipalidad tiene potestad para el cierre temporal de las instalaciones para realizar de obras de refacción, prácticas o cursos programados u otra actividad considerada oportuna por la Subsecretaría de Cultura y Deportes Municipal.
Artículo 8)- Cualquier entidad social o deportiva que desee utilizar las instalaciones para celebrar competiciones, prácticas o cursos, deberá solicitar la correspondiente autorización a la secretaría de deportes indicando el tipo de actividad a desarrollar, calendario, horario, datos de identificación y toda la información que la secretaría demande a fin de poder compatibilizar el uso con los demás usuarios.
Artículo 9)- Crease en la ciudad de Arroyo Seco el Parque de Skate, para pista de Skate, Bmx, Longboard, Rollers, Acrobacias y Malabares, Arte y Graffitis, y Serigrafía, ubicado en el Predio destinado al otrora Polideportivo Municipal de calle Cardozo entre Antártida Argentina y Coronel Arnold, que mide 100,60 metros por 57.65 metros; lindante con el Centro de Educación Física “C.E.F.” N° 46.-
Artículo 10)- A los fines de recuperar de forma plena el espacio público, el predio deberá ser parquizado, contar con juegos para niños, bancos, torres de iluminación y el mobiliario público necesario para crear un ámbito familiar de esparcimiento al aire libre.
Artículo 11)- La Subsecretaría de Cultura y Deportes en forma conjunta con la de Obras y Servicios Públicos, establecerán las pautas de manutención del estado óptimo de las instalaciones, considerando las recomendaciones, sugerencias y aportes brindados por asociaciones y usuarios.
Artículo 12)- El acceso a las instalaciones por parte de los usuarios supone la aceptación de las disposiciones de la presente ordenanza.
Artículo 13)- Comuníquese, regístrese y archívese.
PROYECTO DE ORDENANZA
“Obra de Cordón Cuneta en calle Islas Malvinas al 300 bis, vereda impar, con sistema Mixto de aportes”
Visto:
La solicitud Vecinal para la ejecución de la obra de Cordón Cuneta sobre calle Islas Malvinas al 300 bis entre Antártica Argentina y Coronel Arnold, vereda de numeración impar, y;
Considerando:
Que vecinos de la cuadra demandan el cordón cuneta que cierra el perímetro acordonado de la manzana. Además, este sector está frente al ingreso pavimentado de la ciudad donde numerosos vehículos estacionan en zona de vereda dañando la superficie de tierra no compactada en forma permanente;
Que el vecindario está dispuesto a realizar la compra organizada de los materiales necesarios para la construcción del Cordón Cuneta con la colaboración de la mano de obra municipal. Basados en la ejecución de la obra que respete la continuidad de la línea del cordón ya establecida en la zona de calle Islas Malvinas entre el 0 y 200 bis;
Que la propuesta es conveniente al interés público y adopta la modalidad ya dispuesta en otros sectores de la ciudad pendientes de ejecución;
Que el H. Concejo Municipal legisla según atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades artículo 39 incisos 24 y 30;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
Artículo 1°).- Dispónese la ejecución de la Obra de “Cordón Cuneta” sobre la calle Islas Malvinas al 300 bis entre Antártica Argentina y Coronel Arnold, vereda de numeración impar, a través del sistema mixto de aportes.-
Artículo 2°).- La obra dispuesta en el artículo anterior, se realizará de acuerdo al Proyecto Técnico dispuesto por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, continuando el trazado la línea ya establecida en el cordón cuneta de calle Islas Malvinas entre el 0 y 200 bis. Abriendo el Registro de Oposición correspondiente.-
Artículo 3°).- La Municipalidad realizará los estudios previos, la dirección e inspección de obras, como también aportará el personal y la maquinaria necesario para su construcción. Siendo los vecinos del sector los dadores de la totalidad de los materiales correspondientes, los cuales son recibidos en calidad de donación por el municipio, según detalle del proyecto ejecutivo. En el presente sistema mixto de aportes, los vecinos quedan eximidos de contribución alguna.-
Artículo 4°).- La obra, una vez concluida y habilitada se incorpora al dominio público municipal.-
Artículo 5°).- Comuníquese, regístrese y archívese.-
Daniel R. Tonelli
Concejal