Se le hace saber a la población de Arroyo Seco que la Ordenanza Municipal N° 590/91 tiene por objeto proteger el arbolado público, reglamentando los requisitos y de trámite a la que se ajustará la plantación, conservación, erradicación y reimplantación del mismo en la ciudad de Arroyo Seco.
Se considera arbolado público, al existente en las calles públicas, parques, espacios verdes y en general en bienes públicos dentro de la jurisdicción municipal, sin importar quien los implantó en su oportunidad.