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COVID - 19: Prohibición de despidos laborales

Imagen de COVID - 19: Prohibición de despidos laborales

La Municipalidad de Arroyo Seco informa que, en base a lo emitido por el Gobierno Nacional, se pondrá en práctica un decreto dictado por el Poder Ejecutivo a cargo del Presidente Alberto Fernández, en el marco de la emergencia pública en materia económica,financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social establecida por la Ley N°27.541, la ampliación de la emergencia sanitaria dispuesta por el Decreto N° 260/20 y su modificatorio, el DecretoN° 297/20 que estableció la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, su prórroga hasta el día 12 deabril inclusive, y sus normas complementarias.

Por consiguiente, dispone:

- Prohíbense los despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo yfuerza mayor por el plazo de SESENTA (60) días contados a partir de la fecha de publicación del presente decreto en el Boletín Oficial.

- Prohíbense las suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo porel plazo de SESENTA (60) días, contados a partir de la fecha publicación del presente decreto en el BOLETÍNOFICIAL.

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