Entendiendo la problemática de los comerciantes locales, el Estado Municipal avanzó en la adhesión a la Resolución Nº41/20 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Santa Fe para que los comercios minoristas puedan comenzar a desarrollar su actividad comercial pero sin atención al cliente, por venta telefónica u online y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio, con los debidos resguardos sanitarios.
Aquellos pequeños y medianos comercios podrán bajar el protocolo en el siguiente enlace https://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/download/257761/1357687/ y desarrollar la actividad de acuerdo a la reglamentación provincial, previo a una Declaración Jurada sobre el estado de salud de los trabajadores que debe remitirse a protocolocovid@santafe.gov.ar com; con copia a la oficina de Habilitación de Comercio de la Municipalidad.
Se permitirá la prestación del servicio a no más de dos personas por comercio y se autorizará sólo a una persona a realizar la entrega a domicilio, quien deberá tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUHC) - Covid-19 en la página www.tramitesadistancia.gob.ar.
La modalidad de las ventas será online o vía telefónica, y deberá fomentar el pago con tarjeta de crédito o débito, a través de los sistemas de mercado pago o similares y/o transferencias bancarias.
Por el momento quedan excluidos los rubros comerciales que, por el desarrollo de la actividad, requieran una cercanía con el cliente, como peluquerías, manicurías, podología, centro de estéticas, etc.