Seguinos en Facebook Instagram Twitter
nubes nubes 21°C

Covid-19: Decreto Municipal N° 311/2020 Y 319/2020 Por Nuevos Horarios Y Actividades Permitidas

Imagen de Covid-19: Decreto Municipal N° 311/2020 Y 319/2020 Por Nuevos Horarios Y Actividades Permitidas

La Municipalidad de Arroyo Seco, en el marco de la pandemia Covid-19 y la flexibilización de alguna actividades, comunica mediante el Decreto N° 311/2020 que:

👉 Se dispone la ampliación de los horarios de los siguientes rubros, a partir de las 00:00hs del 8 de junio a saber:

💧🚙 Lavaderos de autos: de lunes a sábados de 08:00hs a 17:00hs

💇🏻‍♀️💅🏻 Peluquerías, estéticas, manicurías y pedicurías: de lunes a sábados de 09:00hs a 19:00hs.

En tanto, comunicamos por medio del Decreto N° 319/2020 que:

👉 Adhiérase la Municipalidad de Arroyo Seco al Decreto emitido por el Departamento Ejecutivo Provincial N° 487/2020 con fecha del 8 de junio del 2020.

👉 Se dispone a autorizar la apertura al público de los museos, bibliotecas, de lunes a sábados de 08:00hs a 19:00hs. La apertura de bibliotecas privadas será dispuesta previa presentación y aprobación de los protocolos correspondientes por la autoridad sanitaria y el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; los que deberán cumplimentar como mínimo los recaudos establecidos en el Artículo 6 del Decreto de Necesidad y Urgencia 520/2020 del Poder Ejecutivo Nacional, todo ello conforme lo dispone el Art. 3 del Decreto N° 487/2020 del Poder Ejecutivo Provincial.

👉 Autorizase las reuniones y celebraciones religiosas en iglesias, templos y lugares de culto, correspondientes a la Iglesia Católica Apostólica Romana y entidades religiosas inscriptas en el Registro Nacional de Cultos, con concurrencia de hasta 10 personas en forma simultánea, incluídas las presentes en ese momento que no participen de la celebración; salvo por la dimensión del ámbito en el que se desarrollen pueda asegurarse la ubicación de una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable en cuyo caso podrá ser mayor el número de asistentes con un máximo de 30 personas.

👉 Prorróguese hasta el 31 de julio del corriente año la validez y vigencia de las habilitaciones, permisos, licencias o autorizaciones otorgadas por la Municipalidad de Arroyo Seco, cuyo vencimiento opere con anterioridad a esa fecha y cuya renovación deba tramitarse indefectiblemente de manera presencial en las reparticiones públicas correspondientes.

👉 Modifíquese el artículo 4 inciso A del Decreto N° 306/2020, en el que quedará redactado de la siguiente manera:

a) Con modalidad de reserva previa, garantizando el debido distanciamiento social entre las asistentes, los que deberán concurrir por sus propios medios, pudiendo ocuparse simultáneamente hasta un máximo de 50% de la capacidad de los locales conforme al factor ocupacional que se establezca en la habilitación correspondiente.

Comentar

Archivo de Noticias