Seguinos en Facebook Instagram Twitter
cielo claro cielo claro 27°C

Interés General

Entran en vigencia los nuevos horarios de circulación

Según el decreto firmado el sábado por el gobernador Omar Perotti, tanto el movimiento de vehículos como la actividad de locales gastronómicos deberá cesar de 0.30 a 6, de lunes a viernes, y de 1.30 a 6, los sábados, domingos y feriados.

Foto: Archivo

Foto: Archivo

Este lunes entra en vigencia el decreto que firmó el pasado sábado el gobernador Omar Perotti, que establece límites a la circulación de vehículos y a los horarios para la actividad comercial nocturna. La medida adhiere con modificaciones al criterio fijado por el gobierno nacional por la suba de contagios de coronavirus.

El decreto provincial 006 del 9 de enero de 2021 adhirió a las disposiciones del Poder Ejecutivo Nacional (decreto N° 4/21).

Según la normativa, a partir del lunes 11, "queda restringida, en todo el territorio provincial, la circulación vehicular en la vía pública a la estrictamente necesaria para realizar actividades habilitadas en el marco del distanciamiento social, preventivo y obligatorio".

La resolución detalla que eso será "de lunes a viernes inclusive: entre la 0.30 y las 6". Mientras que "sábados, domingos y feriados entre la 1.30 y las 6". Se trata de un rango menor al fijado por Nación, que recomendaba desde las 23 y hasta las 6, según la situación epidemiológica.

"Las actividades habilitadas deberán ajustar sus horarios de funcionamiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, excepto que se trate de aquéllas definidas como esenciales en la emergencia por las normas nacionales o provinciales que rigen sobre el particular", aclara del decreto.

Los mismos límites horarios rigen para la apertura de locales gastronómicos los siguientes: hasta las 0.30 los días de semana y hasta la 1.30 los fines de semana y feriados.

Eso comprende a: bares, restaurantes, heladerías, y otros, con y sin concurrencia de comensales, induyendo las actividades de envíos a domicilio; y los salones de eventos, de fiestas y similares, habilitados como bares o restaurantes por las autoridades municipales y comunales.

En cuanto a nuestra ciudad de Arroyo Seco, el municipio adhirió a todos los artículos del decreto provincial.

Fuente: Rosario 3 / ED

Comentar

Archivo de Noticias