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Coronavirus

¡Vuelven! La provincia habilitó la práctica de algunos deportes

El tenis, uno de los deportes que volverá a la acción.

El tenis, uno de los deportes que volverá a la acción.

Después de una larga espera, acorde a los tiempos de pandemia Covid-19 que transitamos, el Gobierno de Santa Fe emitió un decreto en el cual se enmarca la habilitación de algunas actividades deportivas en instalaciones correspondientes, sobre todo de "actividades deportivas que no implíquen contacto físico entre los participantes", detalla el Decreto N°0474/2020.

La medida, que comenzará a regir el 8 de junio, amerita una "previa aprobación de los protocolos presentados por cada entidad, que contemplen las adaptaciones y medidas de higiene y prevención a tomar en las instalaciones y la modalidad particular de desarrollo de cada disciplina, respetando en lo que correspondiere el protocolo base (PROBA), aprobado por el Ministerio de Salud y la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social". A su vez, se acentúan las siguientes especificaciones:

a) con participantes a partir de los dieciseis (16) años de edad;
b) en el horario de (siete) 7 a diecinueve (19) horas;
c) disponiendo un sistema de turnos, para evitar sobrepasar la cantidad de asistentes a las instalaciones que resulte prudente determinar en cada caso,
d) en espacios abiertos o suficientemente ventilados, incluyendo en los mismos a los gimnasios que reúnan tales características, garantizando en todos los casos el distanciamiento social;
e) sin espectadores;
f) sin reuniones previas o posteriores a la práctica;
g) sin habilitar espacios de uso común y social, vestuarios ni otras instalaciones interiores; habilitando solo baños exteriores;
h) debiendo, los que van a realizar la práctica, concurrir por sus propios medios, llevando sus elementos individuales de higiene, hidratación y prevención y cumplimentando las medidas de distanciamiento personal y el uso obligatorio de manera correcta de elementos de protección que cubran nariz, boca y mentón al momento de desplazarse hacia y en las instalaciones, conforme a lo dispuesto por el Decreto N° 0347/20;
i) disponiendo, de ser posible, distintas puertas de ingreso y egreso;
j) arbitrando medidas para desinfectar el calzado de los asistentes; y la limpieza y desinfección de las superficies y objetos de uso frecuente, en especial los propios de cada disciplina, antes de la apertura, periódicamente durante el horario en el que las instalaciones permanezcan abiertas y al cierre;
k) llevando un registro diario de los asistentes en los distintos horarios.

En tanto, ¿cuáles son las disciplinas habilitadas?...El Gobierno remarcó las siguientes:

- Deportes individuales: Atletismo (excluidas las postas), Arquería, Automovilismo (sin acompañantes), Tiro, BMX, Motociclismo, Running, Ciclismo, Canotaje, remo y kajak (individual), Gimnasia artística y con aparatos, Equitación, Golf, Halterafilia, Marcha atlética, Patín artísitico, Windsurf, Kitesurf

- Deportes individuales en interacción con oponentes: Tenis, Pelota a paleta, Tenis con paleta o criollo, Fútbol tenis, Tenis de Mesa, Pádel, Bochas

Se permite entrenamiento individual con interacción de juego, respetando la
distancia de seis (6) metros entre los participantes, y sin compartir elementos
deportivos.

- Se habilitan solo a los fines del entrenamiento individual: Boxeo, Judo, Lucha, Artes Marciales

- Disciplinas colectivas o en equipos, solo a los fines del entrenamiento individual, conforme los protocolos específicos para cada disciplina, complementarios a los establecidos para las instalaciones, que presenten al efecto las asociaciones o entidades, y que cuenten con la aprobación de la Secretaría de Deportes dependiente del Ministerio de Desarrollo Social.

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