La Comuna de Fighiera informa la vigencia de la resolución 09/19 (ley 13875) por el cuál se otorga el descuento del 10% del valor nominal del Impuesto Inmobiliario Rural.
- El beneficio está destinado a contribuyentes del Impuesto Rural titulares de partidas afectadas en forma directa a la actividad agropecuaria:
- La superficie del inmueble debe ser igual o menor a 50 hectáreas
- Estar inscripto en el Impuesto sobre Ingresos Brutos como productor agropecuario
- Estar inscripto en el Registro Único de Productores Primarios (RUPP)
El trámite para acceder al beneficio es personal y se realiza on Line
Para mayor información, dirigirse a la Comuna.