A través de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, el Gobierno Nacional confirmó que se permitirá el traslado de mascotas en los servicios de transporte de larga distancia. La medida fue formalizada mediante la Resolución 2076/2025 y establece un marco regulatorio que prioriza la seguridad vial, la salubridad y la responsabilidad del pasajero.
Según la normativa, el traslado de animales no será libre, sino que deberá realizarse bajo condiciones estrictas. La mascota deberá viajar obligatoriamente dentro de un contenedor o transportador adecuado, el cual deberá permanecer cerrado durante todo el trayecto.
Ubicación y condiciones del traslado
El contenedor podrá ubicarse únicamente en tres lugares habilitados:
sobre la falda del pasajero responsable,
debajo del asiento delantero,
o en el asiento contiguo, siempre que se haya adquirido ese pasaje adicional, debiendo estar asegurado con el cinturón de seguridad.
El pasajero mayor de edad que transporte al animal será considerado el “sujeto responsable” y asumirá la tutela total de la mascota durante el viaje. Será obligatorio portar y exhibir la constancia de vacunación antirrábica vigente, además de cualquier otra documentación exigida al momento del abordaje o fiscalización.
Responsabilidades y límites
Cada pasajero adulto podrá trasladar un solo animal doméstico y deberá garantizar que la mascota no cause molestias a terceros, además de velar por su bienestar integral.
La resolución otorga a las empresas de transporte la potestad de definir los aspectos operativos, como las especies, razas, pesos y dimensiones admitidas, así como eventuales restricciones en días, horarios o recorridos.
Asimismo, se habilita el cobro de una tarifa por el traslado del animal, la cual deberá ser razonable, acorde al mercado y debidamente informada conforme a la Ley de Defensa del Consumidor.
Limpieza y espacios adaptados
Las compañías estarán obligadas a garantizar la limpieza y desinfección de los asientos una vez finalizado el viaje, para asegurar su correcta utilización por futuros pasajeros. También se prevé que estaciones y paradas incorporen espacios señalizados y acondicionados para la espera y el abordaje de quienes viajen con mascotas.
La norma no modifica el régimen de los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad, que continúan bajo su marco legal específico.
Con esta medida, el Gobierno busca modernizar el transporte federal y facilitar el traslado de animales de compañía, promoviendo al mismo tiempo un esquema de responsabilidad civil y seguridad operativa para todos los usuarios.
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