Seguinos en Facebook Instagram Twitter
muy nuboso muy nuboso 17°C

Mañana vence el plazo de inscripción en AFIP para el subsidio Repro extendido

Imagen ilustrativa

Imagen ilustrativa

La inscripción al Repro permanecerá abierta, a través de la página web de la AFIP, hasta el próximo martes, para las empresas como así también para los monotributistas y autónomos, y hasta el mes de abril el Gobierno Nacional realizó una inversión de más de 19.000 millones de pesos en ese programa.

El parte oficial detalló que al Repro "se pueden inscribir los independientes sin empleados/as o con una nómina salarial de hasta 5 trabajadoras y trabajadores que se encuentren en los sectores de gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento, comercio de rubros no esenciales, servicios personales (peluquerías, centros de belleza) y de ramas esenciales cuya facturación haya sido afectada".

Para poder acceder al beneficio, "los monotributistas y autónomos deberán contar con al menos dos aportes en los últimos seis meses en sus respectivos regímenes y deberán presentar una reducción de la facturación mayor al 20% en términos reales, entre el 1° y el 31° de mayo de 2019 y del 1° al 24° de mayo de 2021".

Más adelante, se precisó que "solo se toman tres semanas de facturación del mes de mayo del 2021 y se comparan con cuatro semanas del 2019, para permitir un mayor nivel de acceso a la asistencia".

La contadora de nuestra ciudad Vanina Brancatto comentó que ya cargó varios trámites que se encuentran esperando definición y advirtió que sólo hay tiempo hasta mañana para inscribirse en AFIP. Aportó que la inscripción tiene cierta complejidad, pero puede hacerla de forma particular una persona que conozca la web de AFIP. En caso contrario se recomienda contactar a un contador. Es importante tener en cuenta que aunque el subsidio se conozca con el nombre de Repro II, pueden solicitarlo personas y empresas sin empleados, autónomos y monotributistas siempre que encuadren en las categorías mencionadas y puedan demostrar la caída de su facturación. 

"No hablamos de un monto extraordinario pero todo suma. Es importante estar inscripto con la categoría correspondiente", mencionó la contadora cuestionado algunos requisitos del programa, ya que por ejemplo,  puede darse una baja en las ventas que no represente una caída del monto total facturado respecto del año anterior, por la inflación registrada.

 

 

Fuente: Télam y Dos y Pico

Noticias Relacionadas

Comentar

Archivo de Noticias