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Nuevas prohibiciones de ASSAL

El Ministerio de Salud, prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del Polvo de Fantasía para preparar Crema Chantilly “Sabor 10” y en el provincial, del Agua de Mesa “Dell Acqua” y la Soda “La Nicoleña”.

Envase del polvo para preparar crema prohibido por ASSAL.

Envase del polvo para preparar crema prohibido por ASSAL.

En los tres casos también se dispuso el decomiso de los productos, indicándose que el citado en primer término, es elaborado en Ruta 1, Km 3.5 de Colastiné Norte, provincia de Santa Fe.

En tanto, la firma elaboradora del Agua de Mesa "Dell Acqua" y la Soda "La Nicoleña", está radicada en Don Bosco Nº 140 de la ciudad de San Nicolás, provincia de Buenos Aires.

Así lo señaló el director provincial de la Assal, Raúl Samitier, precisando que por Orden 20 y en relación al primer producto, el Protocolo de Análisis Nº 10301, concluyó que el producto "no cumple con la Legislación Alimentaria Vigente en cuanto a que el RPE y RPP son inexistentes".

Recordó entonces que "la falta de los registros mencionados no permite la trazabilidad y seguridad del alimento" y que por medio de las Ordenes 108/13 y 123/13 del organismo se establecieron "alertas alimentarias de productos alimenticios marca Virreyna, en cuyos rótulos también se indica el domicilio Ruta 1, Km 3,5 Colastiné Norte".

Tras sostener que todo ello configura "una infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley N° 18.284", fundamentó la medida en que "se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos" ya que "se deben prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población".

En cuanto a los dos productos restantes, están incluidos en la Orden 021 de la Assal, que alude a las Actas de Toma de Muestra Nº 10, 11 y 12 en la localidad de Fuentes del Agua de Mesa marca Dell Acqua y Soda marca La Nicoleña, observándose que en "los rótulos del agua de mesa -marca Dell Acqua- no se indica la razón social elaboradora, país de origen, localidad y el domicilio correspondiente".

En tanto, en el rótulo del producto alimenticio Soda marca La Nicoleña sólo se indica que es elaborada en Don Bosco Nº 140 de San Nicolás.

En ese marco, manifestó Samitier, los Protocolos de Análisis Nº 10284 y 10285 de la Assal, relacionados con el Agua de mesa Dell Acqua y el Protocolo de Análisis Nº 10286 relativo a la Soda La Nicoleña, concluyeron que "no cumplen con la Legislación Alimentaria Vigente con motivo que en sus rótulos no se indica el Registro Nacional de Establecimiento (RNE)" careciendo "de otra información que es obligatoria expresar en el mismo".

Puso de relieve que conforme a lo establecido en el Código Alimentario Argentino "en los rótulos de los productos alimenticios es obligatorio indicar el RNE" y que la "falta de RNE no permite la trazabilidad y seguridad de los alimentos mencionados".

Todo ello, configura infracción a lo establecido en el Código Alimentario Argentino, Ley N° 18.284, destacándose la medida en razón de que "se debe garantizar que los rótulos cuenten con toda la información obligatoria y que la misma sea cierta y correcta a fin de brindar herramientas a los consumidores de alimentos" a fin de "prevenir riesgos mayores que puedan afectar la salud de la población".

Fuente: Sin Mordaza

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