El proyecto de Decreto fue presentado esta mañana en el Concejo Deliberante y autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a suspender de manera transitoria el contrato con esta empresa, hasta tanto se regularice su situación fiscal.
PROYECTO DE DECRETO
“Suspensión Transitoria del contrato con la Empresa Worms, hasta tanto se regularice su situación fiscal. Adecuando y utilizando el predio Municipal de disposición de Residuos Domiciliarios, con obras de mejoras.”
Visto:
La contratación de la Empresa Worms, y;
Considerando:
Que laMunicipalidad de Arroyo Seco sostiene un contrato con la Empresa Worms para el envío de la basura domiciliaria recolectada en el ejido urbano y alrededores, con vigencia hasta la Adjudicación del proceso Licitatorio relacionado con la Disposición Final de los Residuos Domiciliarios y su materialización;
Que, meses atrás, el Concejo Municipal autorizó la contratación directa de la Empresa Worms debido a la Emergencia Sanitaria local producida por el Colapso del viejo Basural Municipal y la falta de infraestructura del Predio ubicado en zona del Paraje El Ombú. Hasta tanto se resuelva el llamado a licitación pública para la disposición final de residuos, con la condición que la Municipalidad realice mejoras progresivas en el nuevo predio municipal destinado al tratamiento de la residuos en la zona del Ombú, y así no depender de los vaivenes de cualquier empresa privada ejerciendo su autonomía en la materia;
Que La Observación de la Contadora Municipal ingresada el pasado 4 de Diciembre por mesa de entrada de este Concejo respecto a la situación irregular en que se halla inscripta la Empresa Worms, y la suspensión de pagos, altera el espíritu de excepcionalidad concedido por este cuerpo para la contratación de los servicios. Mereciéndose un celoso monitoreo administrativo ya que todos los proveedores del estado municipal deben cumplir requisitos básicos, tales como: inscribirse en el Registro Oficial de Proveedores y cumplir los requisitos mínimos exigidos por la Ordenanza Contable para proceder al cobro de los servicios con fondos públicos. Siendo estas normas de cumplimiento absoluto ya que garantizan transparencia administrativa e igualdad de oportunidades para los proveedores;
Que habiéndose detectado irregularidades que demuestran algún grado de improvisación administrativa empresaria, sumada a las consabidas demoras toleradas por el estado. Debe imponerse un grado de rigurosidad que desalienten supuestas preferencias y ejercer la autonomía municipal frente a un cuadro de conflicto que afecte la sana administración y las posibilidades de disponer de los residuos en el predio local sujeto a mejoras;
Que esta Empresa ya disfrutó de un período de gracia donde a modo de prueba y en espera de aprobación de la Secretaría de Medio Ambiente de la Provincia de Santa Fe, recibió Residuos de la Ciudad de Arroyo Seco para ajustar su producción. Recordando que si bien está emplazada en la vecina localidad de Fighiera, también está en el límite con Arroyo Seco y de un modo u otro su accionar también impacta en el Distrito local. Debiendo el Estado Municipal ser celoso del cumplimiento de normas fiscales, ambientales y formales ya que supuestamente esta empresa también es concurrente al llamado a licitación por la disposición final de residuos domiciliarios por el cual la Municipalidad deberá pagar un importante canon a quien resulte adjudicataria;
Por ello:
EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE DECRETO
Artículo 1ro)- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suspender el contrato con la Empresa Worms, transitoriamente hasta tanto se regularice su situación fiscal.-
Artículo 2do)- Autorízase al DEM a disponer transitoriamente los Residuos Públicos Domiciliarios en el predio Municipal destinado a tal fin, incluidas las mejoras exigidas como condición ineludible de la otrora Contratación Directa con la Empresa Worms, hasta tanto se resuelva el proceso licitatorio que está en marcha, para la Disposición Final de los Residuos Públicos Domiciliarios, y o se regularice la situación actual.-
Artículo 3ro)- De forma.-
Sala de Sesiones, 11 de Diciembre de 2012.-
Daniel R. Tonelli
Concejal