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Intentan regular la instalación de alarmas comunitarias

Esta semana, los concejales Celina Martini y Carlos Sánchez, presentaron un proyecto de ordenanza que contempla con detalle la futura colocación de este sistema de alarmas implementado ya en distintos sectores de Arroyo Seco.

Una de las últimas alarmas comunitarias que se colocó está emplazada en Gálvez al 1100

Una de las últimas alarmas comunitarias que se colocó está emplazada en Gálvez al 1100

PROYECTO DE ORDENANZA

VISTO:

La ordenanza municipal Nº 2138/12 que crea el PROGRAMA MUNICIPAL DE SEGURIDAD URBANA y,

CONSIDERANDO:

Que el inciso c) del artículo 9 de la mencionada norma, prevé la instalación de alarmas comunitarias, entre las acciones que deben promoverse.-

Que si bien la decisión de la implementación es básicamente privada, es decir que surge como una iniciativa de los vecinos, tales conductas deben ser promovidas y acompañadas por el Estado.-

Que la ejecución del sistema de alarmas comunitarias requiere el suministro de energía del alumbrado público como así también del aprovechamiento de las columnas existentes.-

Que la instalación de dicho sistema constituye una de las formas preventivas, del delito, y ayuda a reducir los costos humanos, sociales y materiales que provoca la inseguridad.

Que en varios barrios de la ciudad ya se han solicitado autorizaciones para la conexión de este sistema a las instalaciones del alumbrado público.

Que en la actualidad no existe normativa que prevea tal situación por lo que se torna necesario el dictado de una ordenanza que lo regule.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL

SANCIONA LA PRESENTE

ORDENANZA

ARTICULO 1) Autorizase la conexión de alarmas comunitarias al tendido eléctrico correspondiente al alumbrado público, y la colocación de la caja correspondiente en columnas propiedad del municipio; previo cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente ordenanza.-

ARTICULO 2) A los fines de la autorización prevista en el artículo anterior los solicitantes deberán presentar una solicitud por mesa de entradas del municipio, la misma debe estar suscripta por al menos el 50% de los propietarios de los inmuebles existentes en la cuadra de que se trate.-

ARTICULO 3) Al ingresar la solicitud deberá acompañarse un cuadro de especificaciones técnicas del artefacto a instalar, como así también un plano de instalación.-

ARTICULO 4) Los solicitantes deberán suscribir con firma certificada por escribano público, autoridad judicial, o funcionario público municipal, la declaración obrante en el anexo I de la presente ordenanza y que forma parte integrante de la misma.-

ARTICULO 5) Se autorizará la colocación de un solo artefacto por cuadra, salvo aquellas que sean mayores a ciento veinte metros en las que se admitirán hasta dos artefactos. Aquellos pedidos de colocación del sistema en cuadras donde ya existiese autorización, serán rechazados in limine.-

ARTICULO 6) Los instaladores a los que se autorice para la colocación deben ser electricista matriculados y cumplimentar todos los requisitos que el Departamento Ejecutivo exija, entre los que se encontrará la suscripción del formulario que se agrega como Anexo II de la presente ordenanza.-

ARTICULO 7) El Departamento Ejecutivo tramitará acuerdos con la Empresa Provincial de la Energía y con cualquier otra empresa prestadora de servicios públicos que posea públicos que posea postes instalados, en caso de que la alarma deba ser instalada y/o conectadas en lugares pertenecientes a la mismas.-

ARTICULO 8) El Departamento Ejecutivo Municipal, habilitará un número de teléfono gratuito a fin de recepcionar los avisos de alarmas a cargo de personal capacitado quien deberá tomar contacto directo con las autoridades policiales.-

ARTICULO 9) Comuníquese, regístrese y archívese.-

Celina Martini / Carlos Sánchez

Concejales

Fuente: AD Arroyo Diario

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