Desde la oficina de ASSAL Juan Díaz explicó los motivos de la medida que la semana pasada género un reclamo de los remiseros en el Concejo Deliberante.
Expuso que hubo un cambio en el Código Alimentario Argentino, y que la nueva redacción refiere que "toda persona que realice actividades por la cual esté o pudiera estar en contacto con alimentos, en establecimientos dónde se elanoren, fraccionen, almacenen, transporten, comercialicen, y/o enajenen alimentos o sus materias primas, debe estar provista de un carnet de manipulador de alimentos".
Díaz mencionó que los remiseros al realizar viajes como traslado de compras en el supermercado o traslado de comida de bares, restaurantes o rotiserias, deben tener el carnet.
Además mencionó que ya con anterioridad se les exigía la libreta sanitaria.