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COVID-19: ¿Cómo son las salidas recreativas autorizadas en General Lagos?

Imagen de COVID-19: ¿Cómo son las salidas recreativas autorizadas en General Lagos?

A través del decreto 436/20, el gobierno de la provincia de Santa Fe autorizó este jueves 21 de Mayo “las salidas breves para caminatas de esparcimiento, en beneficio de la salud y el bienestar psicofísico”. La decisión incluye a la localidad de General Lagos. En ese marco, la comuna informó que:

- Los adultos que decidan hacerlo deberán circular con su Documento Nacional de Identidad (DNI), en tanto que quienes deban ir acompañados podrán hacerlo con un cuidador;

- Los menores de edad deberán circular siempre en compañía de un adulto;

- Mantener en todo momento una distancia de seguridad mayor a 1,5 metros, llevando elementos de protección de nariz, boca y mentón correctamente colocados, exigencia de la que quedan exceptuados los menores de cinco (5) años;

- No podrán hacer uso de la autorización otorgada las personas que presenten síntomas respiratorios, fiebre o se encuentren cumpliendo cuarentena por indicación médica o de las autoridades sanitarias;

- Quedan expresamente excluidas de los alcances del decreto 436/20, y en consecuencia continúan prohibidas mientras dure el aislamiento social, preventivo y obligatorio, la práctica de deportes, el uso de plazas, parques, paseos, juegos infantiles y gimnasios, aún los abiertos;

- En función de que es potestad de la administración local, se establecen los siguientes horarios: mayores de quince (15) años hasta sesenta y cuatro (64) años inclusive, de 8 a 10 horas y de 17 a 19 horas; menores de quince (15) años acompañados por un adulto, de 11 a 14 horas; y mayores de sesenta y cinco (65) años, de 14 a 16 horas;

- El Área de Tránsito y Convivencia, junto a personal de la Subcomisaría 13°, continuará realizando controles para el cumplimiento de la presente normativa.

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