A través de un nuevo decreto, se definieron los requisitos de ingresos y patrimonio para adherir al Régimen Simplificado de Ganancias. Además, habrá cambios clave en las multas y el fin de las intimaciones automáticas para las pequeñas empresas.
El Gobierno nacional oficializó este lunes la reglamentación de la Ley de Inocencia Fiscal, una normativa que busca transformar la relación entre el Estado y los contribuyentes. La medida, que ya genera fuertes expectativas en el sector empresarial, introduce un "cambio de paradigma": se presume que el contribuyente cumple con sus obligaciones salvo prueba en contrario, y se establecen límites claros para las investigaciones y sanciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
A continuación, los detalles más importantes de la nueva reglamentación:
1. Quiénes pueden adherir: topes de ingresos y patrimonio
Para acceder a los beneficios del Régimen Simplificado de Ganancias (RSG) y gozar de la "presunción de inocencia", los contribuyentes deberán cumplir con requisitos específicos basados en su tamaño económico:
Ingresos anuales: Hasta $1.000 millones.
Patrimonio total: Hasta $10.000 millones.
Exclusión: No podrán participar aquellos calificados como "Grandes Contribuyentes Nacionales".
Verificación: ARCA analizará el período de adhesión y los dos años anteriores para validar estos montos, sin que estos sean acumulativos.
2. El "Tapón Fiscal": protección contra investigaciones
Uno de los puntos más atractivos es el efecto liberatorio. Quienes se inscriban al régimen y cumplan con sus obligaciones en los próximos meses no podrán ser investigados por períodos anteriores a partir de 2029. Además, la reglamentación aclara que ARCA no analizará el incremento patrimonial (incluyendo depósitos bancarios) para verificar el cumplimiento del régimen, eliminando el temor a fiscalizaciones basadas únicamente en movimientos de dinero.
3. Cambios en el Régimen Penal: la evasión deja de ser delito automático
La reforma eleva drásticamente los umbrales para que una falta sea considerada delito penal:
Evasión simple: El piso sube de $1,5 millones a $100 millones.
Evasión agravada: Pasa de $15 millones a $1.000 millones. Esto significa que las deudas por debajo de estos montos se resolverán por vía administrativa, evitando causas judiciales. Asimismo, si un contribuyente es notificado de una irregularidad, podrá extinguir la acción penal pagando la deuda más un recargo del 50%.
4. Alivio para Pymes: fin de las multas "robot"
Atendiendo a un reclamo histórico de las pequeñas y medianas empresas, se eliminan las intimaciones automáticas.
Aviso previo: Antes de aplicar una multa, ARCA deberá enviar un recordatorio otorgando entre 10 y 15 días hábiles para regularizar la situación.
Descuento por cumplimiento: Quienes rectifiquen su situación espontáneamente antes de una intervención o dentro de los 45 días posteriores al vencimiento, podrán obtener una reducción del 50% en las multas.
5. Prescripción acelerada
Para los "ciudadanos cumplidores" (aquellos que presentan y pagan en término), el plazo de prescripción de las facultades del fisco para reclamar deudas se reduce de 5 a 3 años. Se considera que hay una "discrepancia significativa" que anula este beneficio si la diferencia detectada por el fisco supera el 15% de lo declarado o los $100 millones.
Más de 95 mil contribuyentes ya aprovecharon el beneficio en enero. Hay tiempo hasta fines de febrero para cancelar el año completo con una quita importante.
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