La Prefectura Naval Argentina, a través de la Prefectura Arroyo Seco, difundió un comunicado oficial dirigido a los medios de comunicación y a la comunidad en general para informar sobre las nuevas disposiciones relativas al cambio de registro de embarcaciones con un numeral de arqueo bruto inferior a tres (03).
La medida se instrumenta en el marco del Decreto N.° 37/2025 del Poder Ejecutivo Nacional, que aprobó el nuevo Régimen de la Navegación Marítima, Fluvial y Lacustre (REGINAVE), complementado por la Ordenanza N.° 2-26 (DPSN) y la Ordenanza N.° 1-2026 (DPSN).
De acuerdo con la normativa, las embarcaciones, artefactos navales, motos de agua y similares de carácter deportivo, recreativo o comercial con un arqueo bruto inferior a tres deben matricularse en los registros de las dependencias jurisdiccionales al solo efecto de su individualización y fines administrativos.
Plazos y modalidad de migraciónEl plazo establecido para llevar adelante la reinscripción obligatoria de las unidades que se encuentran inscriptas en la Segunda (M), Tercera (F) Agrupación y en el Registro Especial de Yates (R.E.Y.) comenzó a correr el pasado 28 de agosto del corriente año y se extenderá hasta el 28 de agosto de 2028.Desde la fuerza de seguridad indicaron que el padrón nacional comprende a unas 64.000 embarcaciones que deberán migrar progresivamente desde el Registro Nacional de Buques hacia los registros jurisdiccionales elegidos por cada usuario.
Con esta advertencia anticipada, se busca ordenar el proceso administrativo a lo largo de los dos años de plazo para evitar aglomeraciones y demoras operativas en las dependencias locales de cara al vencimiento definitivo.