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Precios: Macri firmó un DNU que prevé multas de hasta $ 200 millones

Es un DNU que que se publicará esta semana. Castiga las conductas desleales de supermercados y otras grandes empresas. La intención es proteger a las Pyme.

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Antes de viajar a Alta Gracia para descansar en el fin de semana largo, Mauricio Macri firmó el decreto de necesidad y urgencia. Para reformar la ley 22.802, de Lealtad Comercial, con el que se propone endurecer los controles a los supermercados, proteger a las pyme y regular la competencia en el comercio.

Se trata de una norma que estaba vigente desde la dictadura (fue promulgada en mayo de 1983) pero que, según entienden en el Gobierno, quedó obsoleta.

De ahí que en las próximas horas su modificación se publicará en el Boletín Oficial. El Presidente decidió que los cambios que trazó el ministro de Producción, Dante Sica, fueran vía DNU, por lo que salteará al Congreso, pese a los cuestionamientos que se hicieron sentir desde un sector de la oposición y también de empresarios.

DNU: Los alcances

El texto del decreto, consta de 77 artículos, agrupados en ocho títulos. El primero tiene que ver con la “competencia desleal”. En el artículo 4, aclara que se aplicará la ley “en cualquier acto de competencia desleal, realizado antes, durante o después de una operación comercial o contrato, independientemente de que éste llegue a celebrarse”. Y precisa que “la aplicación no está supeditada a la existencia de una relación de competencia entre los sujetos del acto de competencia desleal”. En el artículo 8, agrega que para identificar un acto de competencia desleal “no será necesario acreditar la generación de un daño, pudiendo éste ser actual o potencial”.

Entre los actos de competencia desleal, en el artículo 10 se especifica casos en los que se busca “engañar” o “confundir” respecto a la fabricación, naturaleza, origen o distribución de los productos y servicios. También se castiga la venta por debajo del precio de adquisición o fabricación. Para eliminar u obstaculizar a un competidor; y a aquellas situaciones en las que se violan normas y se saca ventaja a la competencia de esa situación.

Por otro lado, el artículo IV es uno de los centrales de la reforma. Es que a la autoridad de aplicación de la ley, la Secretaría de Comercio Interior, se le otorgan más facultades para controlar conductas desleales. Y se fija un nuevo procedimiento administrativo para la resolución de los conflictos.

Entre las sanciones previstas por el decreto, figuran una multa económica de hasta 10 millones de unidades móviles -hoy unos 200 millones de pesos- cuyo valor se actualiza por el Indice de Precios al Consumidor; la suspensión del Registro Nacional de Proveedores del Estado por hasta cinco años, la pérdida de concesiones, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales y la clausura de hasta 30 días.

Fuente: Sin Mordaza

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