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El Dr. Arriaga en Libertad, pero no podrá organizar ni participar de marchas

El fiscal Marcelo Vienna acusó a los tres imputados ante la jueza penal de primera instancia María Trinidad Chiabrera de la convocatoria al Monumento; la reunión en la casa de calle Ayacucho y un encuentro en San Lorenzo en el Campo de la Gloria

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En el día de la fecha jueves 27 de mayo de 2021 a través de videoconferencia se llevó adelante audiencia imputativa a

- M.E.A por los delitos de Instigación a cometer delitos, Violación de las medidas contra la epidemia y Desobediencia a un funcionario público, tres hechos en concurso real con Daño calificado.

-J.D.S por los delitos de Instigación a cometer delitos y Violación de las medidas contra la epidemia y Desobediencia a un funcionario público en concurso Real e ideal respectivamente.

-J.L.R.G por los delitos de Instigación a cometer delitos.

El Fiscal Dr. Marcelo Vienna les atribuyó a los tres imputados haber incitado e inducido de forma pública a través de diferentes sedes sociales, una convocatoria masiva hacia el Monumento Nacional a la Bandera de la Ciudad de Rosario a llevarse a cabo el día 25 de mayo de 2021 a las 15hs. Quedando en infracción a los DNU 334/21 de fecha 21 de mayo de 2021 y Provincial 647, ratificatorio N°700 de fecha 19 y 21 de mayo.

Se les atribuye además a M.E.A y a J.D.S haber incumplido y desobedecido las medidas adoptadas por la autoridad competente para impedir la propagación de una epidemia las cuales fueron reglamentadas y establecidas por los DNU 334 y Provincial 647 y 700, dentro de este Marco ambos imputados se reunieron en un domicilio de calle Ayacucho al 2200 junto a otras a más de 10 personas. Evidenciado en un video publicado en una red social.

Asimismo se le imputa a M.E.A haber incumplido y desobedecido las medidas adoptadas por la autoridad contra una epidemia al haberse apersonado el día 24 de mayo a las 14hs junto a otras 20 personas aproximadamente en el campo de la gloria de la Ciudad de San Lorenzo. Agregándose a esta atribución al haber incumplido y desobedecido las normas mencionadas anteriormente el día 23 de mayo de 2021 aproximadamente a las 16hs en zona de calles Moreno y Av. López de Rosario, al haberse reunido junto a más de 100 personas sin las medidas de bioseguridad y el distanciamiento. Por último se le atribuye haber causado daños a una unidad de la Brigada Motorizada de la Policía de Rosario, rompiendo y desprendiendo el guardabarros delantero, ofreciendo en todo momento resistencia física.

Por acuerdo de partes entre Fiscalía y defensa se solicitó para J.L.R.G y para J.D.S una medida cautelar alternativa a la prisión preventiva de una caución de 100mil pesos por cada imputado y fijar domicilio en la Ciudad de Rosario. Recuperando la libertad luego del depósito de la caución.

Por su parte para M.E.A la Fiscalía solicitó la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley.

La Jueza de Primera Instancia Dra. Chiabrera resolvió hacer lugar al acuerdo de partes en relación a los imputados J.L.R.G y J.D.S y en relación a M.E.A no se hizo lugar al pedido de prisión preventiva efectiva por el plazo de ley solicitado por la Fiscalía y dictó la libertad previo depósito de una caución de 200 mil pesos y las siguientes reglas de conducta de cumplimiento absoluto.

1) Fijar domicilio en la Ciudad de Rosario
2) Prohibición de salir del País
3) Prohibición total y absoluta de participar o convocar a marchas o manifestaciones durante el periodo que se encuentren vigentes las normas sanitarias dictadas por la pandemia
4) Prohibición absoluta de mantener contacto por cualquier medio, ya sea personal, virtual o por interpósita persona con todos los denunciantes y testigos de las causas tratadas en la audiencia. Las reglas de conducta son por el plazo de ley.

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