La Corte Suprema de Justicia de la provincia decidió pasar a estudio el reclamo oportunamente presentado por el Movimiento Proyecto Sur, pidiendo se adjudique a Carlos Del Frade una banca que el Tribunal Electoral otorgó a un representante del PRO.
Casi un año después de haberlo desestimado, la Corte Suprema de Justicia de la provincia decidió pasar a estudio el reclamo del Movimiento Proyecto Sur de una banca en la Cámara de Diputados para Carlos del Frade, en atención a los 60 mil votos cosechados en las elecciones de 2011 y frente al rechazo del Tribunal Electoral, que se la otorgó a Oscar Álvarez (PRO).
Pese a que, por aplicación del Sistema D’Hont, los 60 mil votos obtenidos por la lista encabezada por Del Frade bastaban para asignarle la banca 42 -14 de la minoría- de la Cámara Baja, el Tribunal Electoral desestimó el reclamo de Proyecto Sur, alegando que no se cumplía el requisito de alcanzar un número de sufragios equivalente al 3 % del padrón. Tal exigencia surge de la ley 9.280, de 1983; pero los recurrentes -y distintos constitucionalistas y referentes políticos que apoyaron el reclamo- sostuvieron que resulta aplicable la ley más nueva, la 12.327 de 2004 (de internas abiertas, simultáneas y obligatorias), que pide el mismo porcentaje, pero calculado sobre los votos válidos emitidos.
“Como corresponde, fue presentado ante el Tribunal Electoral de la provincia de Santa Fe. Se recusó a todo el Tribunal Electoral por prejuzgamiento, y se solicitó el apartamiento de la secretaria electoral, Dra. Catalín, por el mismo motivo. El argumento, resumidamente, es que no hay cupo alguno para entrar al reparto de bancas en la Provincia de Santa Fe. El decreto-ley 9.280 no tiene vigencia por derogación (a través de la 12.367), por inconstitucionalidad (contradice el art. 32 de la Constitución Provincial) y por contrario a la Convención Americana de Derechos Humanos - Pacto de San José de Costa Rica (no es ‘ley’ formalmente y por lo tanto no puede limitar derechos políticos)”, explicó oportunamente el abogado patrocinante, Domingo Rondina.
Frente al rechazo del Tribunal Electoral -presidido en aquel momento por Rafael Gutiérrez-, Proyecto Sur acudió ante la Corte santafesina, con un recurso de queja. La Corte, también encabezada por Gutiérrez, rechazó el 22 de mayo de 2012 el planteo interpuesto en diciembre del año anterior, por considerar que se lo había hecho fuera de término.
Proyecto Sur pidió la nulidad de esa resolución de la Corte, y comprobó que, además de una serie de vicios e irregularidades, la notificación formal del Tribunal electoral operó recién el 7 de diciembre de 2011, y fue recurrida ante la Corte en fecha 15.
El pasado 14 de mayo, la Corte -con la firma de su actual presidenta Gastaldi y los ministros Erbetta, Falistocco y Spuler- decidió dejar sin efecto su resolución de un año atrás y dispuso que la causa vuelva a estudio. Citando un precedente de su homólogo nacional, el máximo tribunal santafesino argumentó que “si bien las sentencias de la Corte no son susceptibles de recursos de reconsideración, revocatoria o nulidad, cabe hacer excepción a dicho principio cuando se trata de situaciones serias e inequívocas que demuestran con nitidez manifiesta el error que se pretende subsanar”; y admitió que aquel rechazo estuvo dictado por un “excesivo rigor formal”.
Con esta decisión, 19 meses después de las elecciones de 2011, se vuelve a discutir a quien corresponde la banca número 42.
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