Hasta el 31 de diciembre estará prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares.
El Gobierno de la provincia de Santa Fe informó que desde el 1 de noviembre, y hasta el 31 de diciembre de 2022 inclusive, regirá el período de veda para la pesca comercial y deportiva del surubí pintado (pseudoplatystoma coruscans) y el surubí atigrado o rollizo (pseudoplatystoma fasciatum).
La veda se establece a partir de la resolución Nº168/2005, facultada por el Artículo Nº 5 de la Ley 12.212, que define normas y requisitos para ejercer las actividades relacionadas con la pesca.
Durante los períodos de veda establecidos queda prohibido capturar, acopiar, transportar y comercializar ejemplares de dichas especies.
También están vigentes las disposiciones de veda para las siguientes especies:
Dorado: únicamente se permite la pesca deportiva con devolución obligatoria (Ley 12.722)
Pacú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)
Manguruyú: se prohíbe la pesca comercial y deportiva en forma permanente (Resolución 162/05)
El gremio cuestionó la negociación paritaria y no descartó una medida de fuerza los días 8, 9 y 10 de abril.
La provincia difundió las cifras oficiales del programa que premia la presencialidad en las aulas. El beneficio alcanza a una gran mayoría del personal educativo y busca reducir los niveles de ausentismo en el sistema público y privado.
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