El verecito dado a conocer este viernes a la tarde lo definieron de forma consensuada doce ciudadanos que escucharon en audiencias previas a los testigos y las pruebas aportadas por la defensa y por la acusación. La sentencia recayó sobre Aníbal Cabaña por el crimen de su expareja Natalia Ocampo (de 47 años) y el asesinato del por entonces novio de la mujer, César Valenzuela (48)
Con una condena por doble homicidio, uno de ellos un femicidio, debutó en Rosario el sistema de juicio por jurados. El veredicto dado a conocer este viernes a la tarde lo definieron de forma consensuada doce ciudadanos que escucharon en audiencias previas a los testigos y las pruebas aportadas por la defensa y por la acusación.
El proceso, inédito hasta ahora en esta región judicial, comenzó a implementarse el pasado lunes 8 de junio en el Centro de Justicia Penal, con la elección de los rosarinos y rosarinas que tuvieron la responsabilidad de definir si el acusado era culpable o inocente.
Este nuevo tipo de juicio, que se implementa para delitos considerados graves por la legislación santafesina, incorpora a personas comunes, ni abogados ni jueces, en la definición de veredictos populares.
La sentencia recayó sobre Aníbal Cabaña por el femicidio de su expareja Natalia Ocampo (de 47 años) –con la que estaba en proceso de divorcio– y el homicidio del por entonces novio de la mujer, César Valenzuela (48).
La Justicia le había impuesto una restricción de acercamiento días antes del ataque, cometido en abril de 2025 en Uruguay al 5300.
En el primer turno de este viernes, el fiscal Alejandro Ferlazzo y la defensora pública Nora Gaspire realizaron sus alegatos de clausura.
Ferlazo, a cargo de la investigación, pidió las condenas más altas por el doble homicidio. Agravado por el uso de arma fuego, calificado por violencia de género y femicidio de Natalia Ocampo. Sumó los delitos de uso de arma de fuego y portación de arma de guerra en el caso de César Valenzuela, además de daños y amenazas simples previas.
En cambio, Gaspire pidió al jurado que contemple un aspecto de la figura de femicidio. Dijo que, para esa tipificación, debe cumplirse el principio de que el crimen es porque la víctima es mujer y "por haber mediado actos de violencia de género anterior", que según su alegato no se demostraron en el juicio.
Después de un cuarto intermedio, la jueza Eleonora Verón dio por cerrado el debate, ordenó al jurado retirarse de la sala para poder discutir con las partes cómo darían las instrucciones finales.
Durante el juicio no estuvo en discusión la autoría de los dos homicidios, sino si el asesinato de la mujer había ocurrido en un contexto de violencia de género o no, lo que es determinante de la pena que le será impuesta por la magistrada.
A las 14.30, Verón cumplió tareas de docencia. Explicó a los doce ciudadanos los alcances de un fallo, diferenció que ella en este proceso es la jueza "del derecho" mientras que el tribunal popular conforma los jueces del "hecho". Solo habilitó a considerar la prueba ventilada en el juicio y "no especular jamás" sobre qué pruebas se deberían haber presentado o no, además de tener que ignorar noticias o comentarios de terceros.
Pasadas las 16, tras la lectura de las instrucciones, el jurado pasó a deliberar de forma privada. Por último, la magistrada dio a conocer el veredicto pocos minutos antes de las 19: el jurado concluyó que se trató de un femicidio.
Si bien Cabaña ya fue declarado culpable de los dos crímenes, la pena a cumplir será determinada por Verón en una instancia posterior.
El caso
El doble crimen ocurrió el 6 de abril de 2025. Aníbal Cabaña fue imputado por el femicidio de su expareja –con la que estaba en proceso de divorcio– y el homicidio del por entonces novio de la mujer. La Justicia le había impuesto una restricción de acercamiento días antes del ataque.
Cabaña fue acusado de homicidio doblemente calificado, portación ilegítima de arma de fuego y encubrimiento, ya que la pistola utilizada tenía la numeración limada.
El hecho ocurrió el domingo 6 de abril de 2025 a las 13.45, cuando Cabaña se presentó en una pensión ubicada en Uruguay al 5300, donde vivía Ocampo, con quien se encontraba en proceso de separación tras 18 años de relación. Logró ingresar al lugar utilizando las llaves que le había sustraído a su ex pareja.
Una vez dentro de la vivienda, se dirigió a la planta alta, donde se encontraba Valenzuela, actual pareja de la mujer. Pateó una puerta divisoria para acceder al sector de living-cocina y allí ejecutó al menos ocho disparos con una pistola Bersa calibre 9 mm.
Cabaña le disparó a Natalia Ocampo dos veces en la cabeza y una vez en el cuerpo. Luego, tras un forcejeo, gatilló cinco veces contra César Valenzuela, también en el cráneo y en el torso.
El fiscal enmarcó la relación de 18 años en un contexto de violencia de género y dijo que el 26 de marzo Cabaña había amenazado a Ocampo mediante gestos intimidantes y que hubo "episodios de violencia desde los comienzos” del vínculo. Desde 2010, había denuncias en su contra por parte de la víctima.
Será este 14 de junio desde las 14:00 hs en Av. América y Rivadavia. Además, adelantaron los premios para el gran sorteo del 28 de junio.
La acería parará la semana próxima por una caída pronunciada de la demanda. La baja actividad viene afectando al sector desde hace más de dos años