En la sesión del pasado martes, el Dr. José Luis Murina elevó un pedido respecto al cumplimiento de la ordenanza N°2743 del año 2019, que establece la creación del Banco Municipal de Leña. Dicho proyecto, fue impulsado en su momento por el exconcejal y actual intendente Daniel Tonelli y tiene como objetivo registrar y distribuir de manera equitativa la leña obtenida de las podas realizadas en la ciudad.
Murina, durante su exposición en el recinto, destacó que, aunque el municipio ha contratado a una empresa para realizar las podas, no se ha cumplido con el registro de ingresos y egresos de leña. Este registro es fundamental para asegurar que la leña sea entregada a las personas que más la necesitan durante las bajas temperaturas invernales.
El concejal solicitó entonces en el marco de esta minuta de comunicación, información detallada sobre el funcionamiento del Banco Municipal de Leña, incluyendo la fecha de apertura del registro, la lista de beneficiarios con las cantidades de leña adjudicadas y las fechas de entrega, así como el registro de donaciones de leña por parte de particulares.
"Es inexplicable que, habiendo tantas personas sufriendo por la falta de combustible para paliar el frío, no se cumpla con una ordenanza que ya lleva cuatro años vigente", expresó en su intervención. Dicha minuta, fue aprobada por unanimidad.
Sin embargo, ni Murina, ni los demás concejales, ni los asesores que tiene el Legislativo, advirtieron que se trata de una normativa que no está vigente.
Si bien es cierto que Daniel Tonelli presentó esa ordenanza, la cual fue aprobada y enviada al Ejecutivo, días posteriores a aquella promulgación, el entonces intendente Nizar Esper decidió vetarla mediante el decreto Nº 0515/2019 con fecha 18 de julio de 2019. En tal sentido, dicho decreto estaba fundado en que “… no todo el arbolado público es apto para la combustión. En tal sentido, se encuentra en la vía pública la presencia de fresnos, crespones, jacarandás, palos borrachos, lapachos. De igual modo, la combustión a leña como forma de calefacción resulta un medio de generación de calorías de los más rudimentarios e inseguros. Por otro lado, la poda es actividad prohibida en la jurisdicción mediante la Ordenanza 590/91. Que la normativa de referencia autoriza, excepcionalmente, la escamonda. Que, sin embargo, el producto de la escamonda no resulta apto para leña”.
Dicho documento además lleva la rúbrica del ex secretario de gobierno Adrián Spina e ingresado al Concejo en la misma fecha en la que fue firmado.