Los concejales José Luis Murina y Sebastián Ghione presentaron un proyecto de Ordenanza para la Creación del Fondo Municipal para la Economía Comercial. La iniciativa se elevó en la sesión de este martes y pasó a comisión para su tratamiento.
El proyecto parte de la necesidad de brindar apoyo a quienes emprenden actividades económicas en la ciudad, especialmente a aquellos que no pueden acceder a créditos bancarios tradicionales. Se propone que el Municipio asuma un rol activo en la promoción del desarrollo local, ofreciendo herramientas concretas para fortalecer emprendimientos familiares, cooperativas, asociaciones civiles y trabajadores independientes.
Según los fundamentos del proyecto, en otras localidades este tipo de fondos ha tenido resultados positivos, permitiendo mejorar las condiciones de vida de muchos vecinos. La intención es generar políticas públicas que favorezcan la inclusión social, la autonomía económica y el crecimiento de la economía local desde abajo, apostando al trabajo genuino y al valor comunitario.
A continuación, se detallan los artículos contemplados en el proyecto de ordenanza:
ARTÌCULO 1º: Créase el FONDO MUNICIPAL PARA LA ECONOMÌA
COMERCIAL en el ámbito de la Municipalidad de Arroyo Seco, destinado a financiar,
mediante microcréditos o subsidios, proyectos productivos, de servicios o comerciales de
emprendedores locales.
ARTÌCULO 2º: Serán beneficiarios del Fondo:
a) Emprendedores individuales o familiares.
b) Cooperativas de trabajo o asociaciones civiles con fines productivos.
c) Proyectos comunitarios orientados al desarrollo económico local.
ARTÌCULO 3º: Los créditos serán de carácter rotatorio, sin interés, con plazos de
devolución accesibles y adaptados a la realidad del solicitante. El Fondo podrá otorgar
subsidios parciales o totales en casos especiales justificados.
ARTÌCULO 4º: Créase una Comisión Evaluadora integrada por representantes del
Departamento Ejecutivo, del Concejo Municipal, del área de Producción, y de entidades
vinculadas a la economía social, que tendrá a su cargo la evaluación de los proyectos,
seguimiento y control del fondo.
ARTÌCULO 5º: El Departamento Ejecutivo promoverá capacitaciones, asistencia técnica y
acompañamiento para los beneficiarios del Fondo, a fin de fortalecer la viabilidad y
sustentabilidad de los proyectos.
ARTÌCULO 6º: El Fondo se financiará con recursos del presupuesto municipal, aportes
provinciales, nacionales, de organismos de cooperación y donaciones.
ARTÌCULO 7º: Invítese a entidades bancarias, organizaciones no gubernamentales y
empresas privadas a colaborar con el Fondo mediante aportes o asistencia técnica.
Dicho proyecto, como ya citamos anteriormente, pasó a comisión.