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Instan a que Arroyo Seco se adhiera a la ley provincial que reconoce la Lengua de Señas Argentina

La normativa procura la supresión de las barreras comunicacionales existentes. Al reconocer la Lengua de Señas Argentina se procura hacer efectivo el derecho que tienen aquellas personas con discapacidades sensoauditivas a usarla como medio de expresión, comunicación y aprendizaje.

Ley Provincial N° 13258. El Estado provincial deberá garantizar a las personas con discapacidades sensoauditivas distintos derechos. Foto: Imagen Ilustrativa. Archivo AD

Ley Provincial N° 13258. El Estado provincial deberá garantizar a las personas con discapacidades sensoauditivas distintos derechos. Foto: Imagen Ilustrativa. Archivo AD

PROYECTO DE ORDENANZA

Adhiere a Ley Provincial N° 13258 “Lengua de Señas Argentina (LSA) y el Derecho que tienen las personas con discapacidades sensoauditivas”

Visto:
La Ley Provincial N° 13258, publicada en el boletín oficial del 14 de mayo de 2012, y;

Considerando:

Que La Ley reconoce la lengua de Señas Argentina (LSA) y el derecho de las personas con discapacidades sensoauditivas a usarla como medio de expresión, comunicación y aprendizaje;

Que es un derecho de las personas sordas, usar la LSA en todos los ámbitos. Además el estado promueve las tareas de capacitación y formación de esta lengua, gestionar recursos, incluir intérpretes de LSA en contextos de la esfera del Estado, y promueve su uso;

Que el estado promueve todas las acciones necesarias para que todo niño con problemas de audición y comunicacional, reciba la enseñanza de la Lengua de Señas Argentina;

Que según la Ley Provincial es obligatorio el servicio de un hablante de Lengua de Señas Argentina en todos los actos oficiales, proponiendo medidas progresivas para su implementación, invitando a las Municipalidades y Comunas a adherirse al régimen de la normativa;

Que el Concejo Municipal declaró de Interés Legislativo la Enseñanza de la Lengua de Señas Argentina LSA para Sordos y Oyentes de la Comunidad a través de la Declaración N° 594/13 del 11 de Junio de 2013, y legisla según atribuciones conferidas por la LOM N° 2756;

Por ello:

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA

Artículo 1)- Adhiérase la Municipalidad de Arroyo Seco a la Ley Provincial N° 13258 que reconoce la Lengua de Señas Argentina (LSA) y el Derecho que tienen las personas con discapacidades sensoauditivas a usarla como medio de expresión, comunicación y aprendizaje.-

Artículo 2)- Comuníquese, regístrese y archívese.-

Arroyo Seco, 29 de Junio de 2015

Daniel Tonelli / Celina Martini / Carlos Sanchez

Fuente: Arroyo Diario

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