La Cámara de Casación ordenó que el mandatario local, un inspector municipal y un policía sean imputados.
La causa que investiga la muerte de dos jóvenes por la ingesta de drogas sintéticas en la fiesta electrónica realizada el 1º de enero de 2017 en el boliche Punta Stage, de Arroyo Seco, dará un vuelco a partir de un fallo de la Cámara Federal de Casación Penal. El máximo tribunal penal del país ordenó que sean investigados en el fuero federal el intendente de Arroyo Seco, Nizar Esper, el inspector municipal Ricardo López, y el entonces subjefe de la comisaría 27ª local Luciano Vallejos. Hasta el momento, el juez federal de Rosario Carlos Vera Barros procesó a los cuatro responsables de la organización de la rave —los dos encargados del boliche y los dos de la productora artística— por facilitar el consumo de estupefacientes, pero había enviado al fuero penal provincial los eventuales delitos que pudieran haber cometido los funcionarios públicos. Ahora Casación ordenó que los siete involucrados sean juzgados en el fuero federal.
"Sasha New Years Eve Party" era el nombre de la fiesta electrónica realizada en la madrugada del 1º de enero de 2017 en Punta Stage, y allí concurrieron unos cinco mil jóvenes, entre ellos la rosarina Giuliana Maldovan, de 20 años, y Lucas Liveratore, de 34. La chica se descompensó en el lugar y falleció horas después, mientras que el muchacho fue hallado sin vida en su casa de San Nicolás. Ambos habían ingerido pastillas de éxtasis.
En la Justicia federal se abrió una investigación en el marco de la cual el juez Vera Barros procesó a los responsables de la productora Live Art, organizadora del espectáculo: Alan David Van Brook y Gino Piazzese Scaglia, y también a los administradores del boliche: el titular de la firma Yameli SRL, Germán Pablo Dalinger, y el encargado del local Esteban Gómez. El delito que se les imputa es "facilitación de un lugar para la realización de actividades de tráfico de estupefacientes en la modalidad de comercialización y uso".
Los organizadores y los responsables del boliche ya estarían en condiciones de ir a juicio, pero el magistrado se había declarado incompetente para juzgar a los funcionarios públicos girando las actuaciones a la Justicia provincial. Esto último fue ratificado por la Cámara Penal de Rosario, pero ante un nuevo recurso de la Fiscalía, la Cámara de Casación revocó los fallos de primera y segunda instancia y ordenó que todos sean encartados en el fuero federal.
En el caso de los funcionarios, los fiscales federales habían pedido desde el primer momento imputarlos también por los delitos de "incumplimiento de los deberes de funcionario público", y "adicionalmente al funcionario policial por dejar de promover la persecución penal" a los delitos que se habrían estado cometiendo. "Ellos argumentan que esas imputaciones están vinculadas a cuestiones que no afectan el orden nacional, pero nosotros creemos que es un hecho vinculado con la facilitación del comercio y consumo de drogas", insistían en Fiscalía.
Al comienzo de la investigación iniciada a partir de las muertes de Giuliana y Lucas, los fiscales emitieron un lapidario informe en el cual se confirmaba una generalizada venta de drogas de diseño en el lugar, a lo cual debían sumarse una larga lista de irregularidades como la sobreventa de entradas que superó la capacidad del local, falta de provisión de agua potable a los asistentes, deficiencias sanitarias y de seguridad, el incumplimiento de una ordenanza municipal del 18 de abril de 2016 que prohíbe la realización de fiestas electrónicas en Arroyo Seco, y que tanto inspectores como policías nada hicieron ante el flagrante comercio de estupefacientes.
Lo que dice Casación
Ahora, la Sala II de Casación —integrada por Angela Ledesma, Alejandro Slokar y Guillermo Yacobucci— recordó el planteo de la acusación: que a los organizadores del evento "se les enrostra que, conociendo el marco de consumo de drogas sintéticas que caracteriza a las fiestas electrónicas, crearon el ambiente propicio para su uso y facilitaron su comercialización". También volvió sobre una serie de acciones que darían sustento a la hipótesis del fiscal y consideró que "estas conductas en su totalidad, junto a la inacción de las autoridades municipales y policiales, permitieron la libre circulación" de drogas durante el encuentro.
"No es ilógico inferir que si los controles se hubieran llevado a cabo, tanto por las autoridades municipales como policiales, los resultados pudieran haber sido diferentes", indica Casación, que añade que "la conexión entre los hechos y conductas reprochadas a los imputados Esper, López y Vallejos, con las de los organizadores determina que el fuero federal sea el que deberá seguir adelante con la investigación".
En otro tramo de los considerandos del fallo, se afirmó que los motivos expuestos por el juez de primera instancia y la Cámara de Rosario para que sea la Justicia ordinaria la que intervenga "no resultan suficientes para descartar la hipótesis fiscal sobre la posible conexión" entre los delitos atribuidos a los funcionarios y "los de tráfico de estupefacientes, que son los que determinan la competencia de los tribunales federales".