La Justicia Federal de Rosario autorizó a un hombre a donarle un riñón a un amigo. Se trata de una resolución judicial que, si bien no es inédita, presenta escasos antecedentes en la ciudad y se resolvió en apenas dos semanas atento a la urgencia del caso. A partir de esa novedad, ahora sólo resta que los especialistas médicos determinen el día y la hora para realizar la ablación y el trasplante.
Esta historia involucra a dos compañeros de trabajo en el peaje de General Lagos, en la autopista Rosario-Buenos Aires, Paulo N. y Román P. quienes forjaron una sólida amistad en casi 18 años. Román padece desde que era niño una insuficiencia renal que se fue agravando hasta el punto de tener que someterse a tratamiento de diálisis. Lo cierto es que hace un año y medio, los médicos que lo asisten le informaron que para mejorar su calidad de vida debía someterse a un trasplante de riñón. La novedad tuvo un primer contratiempo cuando los familiares directos del paciente no poseían órganos compatibles. Fue entonces cuando Pablo entró en escena y decidió darle un órgano a su amigo.
En declaraciones a La Capital, Santiago Martínez, abogado patrocinante del donante, señaló que su cliente en ese momento “no dudó un instante” en donar un riñón para su amigo. “Así comenzó a realizarse todos los estudios de rigor para saber si sus órganos eran compatibles con los de Román. Los estudios de histocompatibilidad dieron positivo, es decir que su riñón es compatible”.
“A partir de ese momento, ambos conversaron con sus familias y con los médicos. Y se analizaron todas las posibles complicaciones para la salud de Paulo por la donación. Una vez que se hicieron todos los estudios y todas las cuestiones médicas quedaron confirmadas, desde el sanatorio donde se realizaría la intervención informaron que se necesitaba una autorización judicial, en este caso de la Justicia Federal”, detalló Martínez.
La presentación judicial se llama técnicamente acción meramente declarativa y fue presentada el 20 de octubre pasado ante en el Juzgado Federal en lo Civil Nº 1. “La ley que regula estas cuestiones es la ley 27.447, también llamada Ley Justina, que autoriza la donación entre familiares, sin necesidad de autorización familiar. Y a la vez, la misma ley hace un procedimiento judicial en el artículo 67. A partir de la comprensión de esa norma, los jueces entienden que ese procedimiento es para personas que no son familiares, agregó Martínez.
El trámite procesal incluyó dos audiencias, una muy extensa en la que declararon todos los profesionales de la salud que intervienen en el caso, que fueron supervisadas por la fiscal Saccone. En las audiencias cada profesional hizo su exposición. En este trámite, lo que se buscó establecer, según contó el abogado Martínez, son tres cuestiones principales: que el trasplante sea necesario sí o sí, la gratuidad o que no haya ningún incentivo económico y que la persona donante sea consciente de lo que hace “.
Finalmente, el fallo favorable a la autorización se conoció el 2 de noviembre y fue firmado por el juez Carlos Vera Barros, quien actuó como magistrado subrogante ya que el Juzgado Civil 1 está vacante. Martínez contó que de ahora en más, ya con la autorización de la Justicia, resta definir los detalles del procedimiento médico.