El acusado, de 30 años, habría golpeado, amenazado y privado de la libertad a su pareja durante un violento episodio ocurrido el 23 de agosto. La Justicia dispuso su prisión preventiva hasta el 2 de octubre.
En audiencia imputativa del día de la fecha, jueves 27 de agosto de 2026, llevada adelante en el Centro de Justicia Penal de Rosario, la Fiscal Dra. Antonela Valente le atribuyó al identificado como E.D.F. de 30 años los delitos de lesiones leves dolosas agravadas por la relación preexistente y el vínculo de pareja, en concurso real con amenazas coactivas y privación ilegítima de la libertad agravada por ejercer violencia, como autor y consumado.
El Juez de primera instancia Dr. Santana tuvo por formalizada la audiencia disponiendo la prisión preventiva efectiva hasta el 2/10/26 salvo que la Fiscalía presente con antelación el requerimiento acusatorio; en tal caso, se prorrogará la prisión preventiva automáticamente hasta la finalización de la audiencia preliminar.
La Fiscalía le atribuyó el hecho de fecha 23 de agosto de 2026, transcurriendo en el lapso temporal comprendido entre las 14hs y las 16hs aproximadamente, en el interior de un domicilio de Coronel Bogado, mientras mantenía una discusión motivada por un mensaje recibido en su teléfono celular, agredió físicamente a su pareja, propinándole inicialmente un golpe al descendiente de la misma, causándole sangrado y le propinó un luego un golpe de puño en su boca. Posteriormente, E.D.F. le sustrajo el teléfono celular a la víctima y cerró la puerta de la vivienda con llave para impedir que se retirara, luego la sujetó del cuello, propinándole golpes de puño en el rostro. En ese contexto, se produjo la rotura de un plato de vidrio que se encontraba sobre la cama, tomando el imputado un fragmento del mismo y, al intentar quitárselo, le causó un corte en el dedo a la víctima. Es así que la mujer se dirigió hacia el patio de la vivienda con la intención de abrir el portón para huir, siendo que el masculino la arrojó al suelo y continuó propinándole golpes en diversas partes del cuerpo. Asimismo, durante el transcurso del ataque físico y el encierro, E.D.F. profirió expresiones de tipo intimidatorias para impedir su libre accionar. Como consecuencia directa de la agresión se constataron lesiones.
Este hecho se enmarca en un contexto de violencia de género, ya que el imputado y la víctima mantenían una relación de pareja desde hacía aproximadamente 8 meses, y convivían bajo el mismo techo, siendo que su dinámica vincular estuvo atravesada por episodios de agresiones físicas y violencia desde el inicio de la relación.
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