La jueza penal de primera instancia Eleonora Verón absolvió a Ana Viglione, ex secretaria de Delitos Complejos, y Andrés Ferrato, ex subsecretario de Inteligencia Criminal. En su resolución, la magistrada apuntó a la debilidad de la prueba.
La jueza penal de primera instancia Eleonora Verón absolvió este miércoles a los dos ex funcionarios de Seguridad provincial que estaban acusados de haber mentido en la causa contra la banda Los Monos. Se trata de Ana Viglione, ex secretaria de Delitos Complejos, y Andrés Ferrato, ex subsecretario de Inteligencia Criminal.
Ambos estaban acusados de falso testimonio agravado por haber sido cometido en causa penal, en calidad de coautores.
El fiscal a cargo de la acusación había pedido una pena de 3 años de prisión de ejecución condicional y seis años de inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos para ambos. Por su parte, los abogados querellantes solicitaron una condena de 5 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos. Sin embargo, la jueza los absolvió en primera instancia.
Según la invesntigación de la Fiscalía, la por entonces secretaria de Delitos Complejos Viglione y el por entonces subsecretario de Investigación Criminal Ferrato mintieron al declarar ante el juez Juan Carlos Vienna, quien llevó adelante la instrucción de la causa contra Los Monos. Según la acusación, la mentira radicaba en no admitir que le habían dado la orden al ex comisario Gustavo “Gula” Pereyra de hacer tareas investigativas relacionadas con la venta de droga, ya que en ese momento no tenían competencia para hacerlo.
Pereyra, en ese entonces, era investigado como presunto miembro de Los Monos. De hecho fue llevado a juicio junto con el clan Cantero, aunque resultó absuelto luego de que no se pudiera acreditar dicha conexión.
En su resolución, la jueza Verón apuntó fundamentalmente a la debilidad de las pruebas e incluso mencionó que “la parte acusadora hizo aseveraciones especulativas con el resultado de la prueba” algo de lo que la magistrada prometió ocuparse “más profundamente en los fundamentos respectivos”.
La jueza Verón también descartó “la coautoría dado que el delito de falso testimonio es un delito especial” y la forma de participación que se les adjudicaba “requiere un plan con división de roles”.
Para la Justicia, en todo caso, “Viglione y Ferrato deberían haber sido imputados como autores de manera individual pero no como coautores”, añadió la resolución.
Finalmente, la resolución establece que la parte acusadora no pudo comprobar la tipicidad de ese tipo penal, lo que implica entonces que Viglione y Ferrato deben ser absueltos de culpa y cargo.
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