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Piden tope al valor de los alquileres

Referentes de todo el país se reunieron para crear un documento que exige la accesibilidad de vivienda para todos. Quieren que el debate se lleve al Congreso.

Foto: Imagen Ilustrativa

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A principios de abril y con el objetivo de reivindicar la vivienda no solo como un techo sino como un espacio donde la familia se consolida para vivir dignamente, los representantes de distintas organizaciones del país que luchan en defensa de los derechos de los inquilinos presentaron un documento donde solicitan, entre otros puntos, que se modifique la ley de alquileres urbanos Nº 23.091, se garantice que las viviendas insertas en el mercado cumplan condiciones mínimas de habitabilidad, se genere un sistema de garantías accesibles a todos los ciudadanos y se cree un espacio debate en ese marco en el Congreso de la Nación.

Asimismo, el texto propone la creación de un registro de contratos de alquiler; la eliminación de las garantías personales y de bienes por su carácter discriminatorio y expulsivo; la creación de servicios públicos de alquileres nacionales, provinciales y municipales para evitar los abusos del derecho y asesoramiento para resolución de conflictos rápidos y gratuitos para inquilinos; y la creación de herramientas de acceso a la vivienda pública en alquiler. Del escrito –replicado en las redes sociales con gran adhesión– se hizo eco también el Movimiento de Ocupantes e Inquilinos de Santa Fe. En diálogo con Diario UNO respaldaron esos puntos y agregaron otros, tales como la posibilidad de que se desaliente “un aumento de precios sin sentido que solo genera disparidad entre la oferta y la demanda; y que el Estado brinde opciones de viviendas públicas que estén a disposición a montos más accesibles”. “Hoy los aumentos se están realizando cada seis meses en un 15% de aumento, es decir, más de un 30% anual de actualización de costos, algo que supera con creces lo que percibe cualquiera por su trabajo”, dijo Diego Mandile, uno de los referentes del MOI, y agregó: “Por eso sería importante imponer un tope en los valores de los alquileres de viviendas familiares que tenga relación con los salarios vigentes”. Por otro lado, Mandile planteó la posibilidad de que los gobiernos pongan a disposición de la comunidad viviendas que sean más accesibles de alquilar, o que se establezca un sistema de cooperación de alquileres, algo que aseguró que ya está en marcha en la ciudad. “Es algo que muchos ya hacemos como experiencia piloto y funciona bien, que se basa en el alquiler de casas grandes entre varias familias con el fin de compartir gastos y documentación a presentar”, dijo. Sobre el mismo tema, el presidente de la Unión Argentina de Inquilinos, Ricardo Botana, quien participó en la elaboración del citado documento, explicó: “En general cuando se habla de ponerle un techo al canal locativo o fijar condiciones de regulación, las cámaras inmobiliarias dicen que eso generará que los propietarios quieran sacar sus edificaciones del mercado. Eso es prácticamente imposible que pase, o será un lujo que pueden darse unos pocos, sobre todo si se tiene en cuenta que hoy en ciudades como Buenos Aires aumentan mes a mes las expensas por los incrementos en cargas sociales y salarios de los encargados de los edificios, por ejemplo”. Y agregó: “Bien podría decirse que la situación es muy distinta en cada provincia, pero la realidad es que, según los datos del último censo, el 16% de la población a nivel nacional es inquilina, una cifra que de seguir la tendencia podría duplicarse en cinco años. Es necesario sentarse a debatir entre las partes y que lo mismo hagan nuestros legisladores en el Congreso”.

Contrapartida. Por su parte, el secretario general de la Federación Inmobiliaria de la República Argentina, Eduardo Brigada, dijo a Diario UNO: “La Ley Nº 23.091 siempre ha cumplido, como orden de bien público, un rol importante al permitir que tanto el locatario como el locador tengan un ejercicio libre dentro del mercado inmobiliario, siempre y cuando acaten sus normas. Por tanto pensar en una modificación no es algo que la Fira tenga en cuenta. Es más, si bien muchos la han criticado por los beneficios que presentaba a favor de los inquilinos –al permitirles ciertas libertades como la posibilidad de rescindir un contrato y no permitir ningún tipo de actualización indexatoria hasta que se culmine el contrato–, como entidad siempre la defendimos por considerar que es una de las pocas leyes que pudo ir sorteando distintas crisis en el mercado inmobiliario, la más terrible fue la de 2001 y el año pasado que fue también muy difícil, permitiendo buscar equidad en el mercado locativo”. Por otro lado, Brigada afirmó que “la realidad que existe en cada punto del país sobre este tema es distinta” y destacó que en Santa Fe “no existen los depósitos en garantía como sí se solicitan en otros sectores”; y en ese sentido dijo: “El gasto administrativo en general se permite abonar en cuotas, algo que en otras partes no existe”. Respecto de la posibilidad de que se establezca un tope para los alquileres, Brigada comentó, en referencia a la ciudad de Santa Fe: “Los precios de los alquileres nunca han superado los índices de inflación ni los niveles de paritarias que han logrado la mayoría de los gremios. En tanto, podría decirse que ya se fijan de alguna manera valores que son variables pero concretos, porque pensar en imponer un mecanismo de topes es algo muy relativo que habría que analizar bien”. Por último y haciendo alusión a los pedidos de flexibilización de garantías que solicitan las asociaciones de inquilinos, Brigada explicó: “Para conseguir que las garantías sean más flexibles hay que modificar las leyes que permitan, ante una incobrabilidad de pago y vencimiento de contrato, proceder a los desalojos en forma más rápida”.

Al margen La Ley 24.240 de defensa del consumidor define en su artículo 1º al consumidor como “personas físicas o jurídicas (empresas, asociaciones, sociedades, organizaciones) que contratan a título oneroso (no gratuito) para su consumo final o beneficio propio o de su familia, las siguientes actividades: Adquisición (compra) o locación (alquiler) de cosas muebles”. Es decir que un inquilino es un consumidor y tiene derecho a exigir que se garantice que las viviendas insertas en el mercado cumplan condiciones mínimas de habitabilidad. Al respecto, la referente en Santa Fe de la Unión de Usuarios y Consumidores, Laura Mayoraz, dijo: “El inquilino no recurre a asociaciones de consumidores para plantear estos problemas porque en general no asume que es un consumidor y que la ley en cierta forma los protege de las cláusulas abusivas que pueden aparecer en los contratos”. “Por eso es que instamos a los consumidores a revisar la documentación y las condiciones que tiene el inmueble al momento de ser entregado. El inquilino tiene que tomar responsabilidad en eso y si es necesario llamar a un escribano para dejar constancia de lo que se observa y así evitar complicaciones futuras”, finalizó.

Fuente: SM / UNO

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