Deja de regir el aforo del 70% dispuesto por la pandemia. De esta manera las actividades culturales, religiosas, deportivas, económicas y de servicio podrán contar con la capacidad máxima permitida.
El gobierno de la provincia de Santa Fe habilitó la utilización de la capacidad máxima permitida a cada establecimiento para el desarrollo de las diferentes actividades culturales, religiosas, deportivas, económicas y de servicios.
De esta manera, se modifica la disposición que, en el marco de las medidas dispuestas por la pandemia por Covid-19, limitaba la ocupación a un 70 por ciento de cada locación.
Al respecto, el ministro de Trabajo de la provincia, Juan Manuel Pusineri, indicó que la medida “obedece a la mejora de los indicadores sanitarios y epidemiológicos, particularmente con la evolución de la campaña de vacunación”, así como una buena situación del sistema de salud y el alto porcentaje de la población santafesina que cuenta con el esquema completo de inoculación.
Asimismo, la Resolución N°88 recuerda que la utilización de la capacidad máxima de cada espacio podrá realizarse respetando todos los protocolos sanitarios instrumentados para el desarrollo de cada una de las actividades.
Esto contempla: el debido distanciamiento entre asistentes, la utilización de los elementos de protección de nariz, boca y mentón en espacios cerrados de ingreso público (y al aire libre cuando se diera la concurrencia simultánea o la cercanía de personas ajenas al grupo conviviente), la ventilación de los ambientes, la provisión de elementos para la frecuente higienización de manos, y la prohibición de participación en las actividades de las personas que revistan la condición de "caso confirmado", "caso sospechoso" o "contacto estrecho" de Covid-19.
También se mantiene vigente la exigencia para que toda persona mayor de 13 años de edad acredite que posee un esquema de vacunación completo contra la Covid-19, aplicado al menos 14 días corridos antes de la asistencia a la actividad o evento.
La resolución firmada por los ministros de Ambiente y de Desarrollo Productivo entrará en vigencia en 30 días. Prohíbe “toda actividad de acopio de pescado con destino a la exportación del mismo o de subproductos, cualquiera sea la especie” en la provincia. No alcanza al mercado interno
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