La Municipalidad de Arroyo Seco, en el marco de la pandemia por coronavirus (COVID-19), dispone lo siguiente:
Art1: Que los comercios que deben permanecer abiertos durante el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio conforme al Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder ejecutivo Nacional N° 297/20 y sus ampliaciones DNU Nros. 325/2020 y 355/2020, así como las Decisiones Administrativas del Jefe de Gabinete, se consideren a nivel nacional “actividades esenciales”, esto es, entre otros, supermercados mayoristas y minoristas, almacenes ferreterías, venta de garrafas, lavanderías, deberán hacerlo en el horario y conforme el esquema de trabajo.
Por consiguiente:
- Todo el personal que trabaje en atención al público debe usar barbijo, tapaboca y gafas en su defecto.
- Limpieza obligatoria y frecuente de cada local, de todos los insumos y muebles de contacto que existan en cada uno de ellos.
Uso de lavandina al 0.2% y alcohol al 70% en superficies planas.
- Respetar la distancia permitida entre persona y persona y el máximo permito de ingreso en cada uno de los locales.
- Evitar conglomerados de clientes
Evitar cantidades de personal trabajando en cada uno de los comercios y/o locales permitidos.
- Los choferes de remises deben usar barbijo.
Toda actividad y/o rubro que no esté comprendido dentro de las actividades permitidas, no podrán abrir sus puertas ni hacer delivery alguno, bajo pena de clausura y/o multa que pudieren corresponder.
ACTIVIDADES PERMITIDAS
- Supermercados, almacenes, kioscos y servicompras de estaciones de servicios: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas. En superficies mayores 1 persona por mt2. Respetando la distancia permitida y protocolo de higiene).
- Ferreterías: 8 a 15 hs.
(Atención a puertas cerradas, desde la vereda, respetando distancia permitida y protocolo de higiene).
- Forrajearías y venta de artículos de limpieza: 8 a 15 hs.
(Atención a puertas cerradas, desde la vereda, respetando distancia permitida y protocolo de higiene).
- Veterinarias: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas).
- Provisión de garrafas: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas).
- Lavanderías: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas).
- Corralones: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas, En superficies mayores, 1 persona por mt2).
- Madereras: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas).
- Farmacias: 8 a 15 hs.
(Farmacia de turno 24 hs).
- Estaciones de servicios: Horario habitual
(No está permitido descender del vehículo, salvo carga de GNC).
- Bancos: Según reglamentación de BCRA.
- Sistema de cobro rápido: 8 a 15 hs.
(Max. 2 personas. Respetando distancia permitida y protocolo de higiene).
- Talleres mecánicos y talleres de reparación de motos y bicicletas: 8 a 15 hs.
(A puertas cerradas y exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular).
- Gomerías: 8 a 15 hs.
(A puertas cerradas y exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular).
- Correo: 8 a 15 hs
- Mutuales y Cooperativas de crédito: 8 a 15 hs.
(Guardias mínimas de atención, al sólo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o pagos).
- Remiserías: Horario habitual
(Sólo 1 pasajero a bordo o dos como máximo si conviven en el mismo domicilio).
- Viveros, plantarías y florerías: 8 a 15hs.
(A puertas cerradas. Con turnos previos. En ningún caso se podrán formar colas adentro ni fuera del local. Estricto cumplimiento con el protocolo dispuesto por el Ministerio de Producción, Ciencia y Tecnología de la Pcia. de Santa Fe).
SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PERMITIDOS
- Albañiles: 7 a 15 hs.
(Solo en caso de urgencia y dos personas en obra como máximo).
- Plomeros: 7 a 15 hs.
(Solo en caso de urgencia y dos personas en obra como máximo).
- Electricistas: 7 a 15 hs.
(Solo en caso de urgencia y dos personas en obra como máximo).
- Gasistas: 7 a 15 hs.
(Solo en caso de urgencia y dos personas en obra como máximo).
- Cortadores de césped: 7 a 15 hs.
(Máx. 2 personas).
- Servicios de fumigación: 15 a 20 hs
(Máx. 2 personas).
DELIVERYS PERMITIDOS
- Alimentos, productos de higiene, limpieza e insumos de primera necesidad: 8 a 15 hs.
- Helados y postres: 10 a 00 hs.
(Sin atención al público).
- Restaurantes, Bares: 7 a 00 hs.
(Sin atención al público).
- Locales de comidas: 10 a 00 hs.
(Sin atención al público).
- Librerías: 8 a 15 hs.
(Sin atención al público).
- Comercios de insumos informáticos: 8 a 15 hs.
(Sin atención al público).
- Venta de repuestos de motocicletas, vehículos, y bicicletas: 8 a 15 hs.
(Sin atención al público).
- Pañaleras: 8 a 15 hs.
(Sin atención al público).
- Kioscos: 10 a 23 hs.
- Otros comercios minoristas (Dec. Ad. Nacional N° 524/2020): 9 a 15 hs.
(Sin atención al público).
Art.2: Los empleadores excepcionados por la normativa nacional, deberán adoptar, implementar y publicar en un lugar visible establecimiento un Protocolo de Seguridad e Higiene en conjunto con su Servicio de Medicina del Trabajo e informando al Comité Mixto de Salud y Seguridad o Delegado de Prevención, en un todo conforme con la Resolución Nro 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de Santa Fe, de la provincia de Santa Fe, bajo apercibimiento de ley.
Art.3: El incumplimiento de lo dispuesto en el presente y su ANEXO I, hará al responsable pasible de clausura por entre cinco (5) y treinta (30) días corridos como medida cautelar, sin perjuicio de las sanciones administrativas conforme la Ordenanza Nro 2451/16 y modificatorias, y penales que pudieren corresponder.
Art.4Las disposiciones del presente Decreto comenzarán a regir a partir de las 00:00 hs del día 05 de mayo de 2020.
Art.5 Deróguese el Decreto Nro 237/2020 (y modificatorias) del Departamento Ejecutivo Municipal, vigente que sea el presente.
La distribuidora de gas natural puso a disposición de la comunidad los mapas de su red de media presión. Desde su página web, con solo ingresar una dirección cualquier persona puede verificar si el servicio está disponible en una zona determinada. Se trata de la primera empresa del sector en Argentina en ofrecer esta herramienta pública, un verdadero “GPS” de la infraestructura de gas, que además marca un nuevo paso en su proceso de transformación digital.