La medida fue solicitada, con un fuerte escrito, por la defensa de los investigados. Argumentan que el Senado “no puede perseguir penalmente a nadie”, que otros despachos fueron vandalizados y que la Vicepresidenta “cree que todo gira a su alrededor”
La defensa de los imputados por los incidentes al despacho del Senado de la vicepresidenta Cristina Kirchner apelaron la resolución de la jueza federal María Eugenia Capuchetti de tener como querellante a la presidencia de la Cámara alta, que lo había solicitado a través de Graciana Peñafort, la Directora General de Asuntos Jurídicos.
La presentación fue realizada por la abogada María del Rosario Fernández, integrante de la Asociación Gremial de Abogados y Abogadas de la República Argentina, que defiende en la causa, entre otros, a Leandro Marcelo Cáceres, uno de los presuntos agresores. Cáceres se negó a declarar ante la magistrada y fue beneficiado con la eximición de prisión.
Entre otros argumentos, la defensora asegura que “la solicitante -por la ex mandataria- no consigue demostrar, más allá de su cúmulo de aseveraciones de escasa verosimilitud, su carácter de ‘particularmente ofendida’, es decir, su legitimidad procesal para ser parte en esta causa”. Más tarde o más temprano será el Tribunal de Alzada el que deberá decidir la cuestión.
Cristina Kirchner, siempre a través de Peñafort, quien supo ser su abogada en causas como el Memorándum con Irán, entendió que los militantes de diversas corrientes piqueteras que vandalizaron su despacho, entre otros, habrían cometido los delitos de “daño agravado, art. 184 inc. 1, 4 y 5 CP; intimidación pública, art. 211 CP y tentativa de lesiones, art. 90 y 42 CP”.
Sin embargo, la abogada defensora entiende lo contrario. Por ejemplo, cuestiona que las agresiones ocurrieron “con el fin de impedir el libre ejercicio de la autoridad”. Y, por otro, el daño a “bienes de uso público” o, eventualmente, en “monumentos”.
Para esgrimir ese pensamiento, Fernández toma las palabras de la propia magistrada quien, al solicitar la “inhibición” de la justicia porteña para seguir investigando los hechos, sostuvo que todo ocurrió “en ocasión que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación se encontraba llevando a cabo una sesión pública, a fin de debatir el acuerdo alcanzado con el Fondo Monetario Internacional”. Esto quiere decir que, la “autoridad” a la que supuestamente se buscaba impedir “el libre ejercicio de la autoridad” sería eventualmente la Cámara de Diputados de la Nación y no el Senado, que no se encontraba en sesión en ese momento.
Respecto de los “bienes de uso público” afectados, siempre según la presentación judicial de la defensora de los imputados, “estos serían, indudablemente, propiedad del Congreso de la Nación o más precisamente del Poder Legislativo Nacional, del Senado y, menos aún, de la Presidencia de esa Cámara”.
Para “La Gremial” de abogados, la Presidencia de la Cámara alta, a cargo de la Vicepresidenta de la Nación, no es víctima “de los presuntos delitos de daño” y por lo tanto “no es titular de los bienes jurídicos afectados”. Por esa razón, se esgrime en la presentación ante Capuchetti, “el Tribunal no debería aceptarla en el carácter que invoca”, es decir, de querellante.
Esto se sostiene a pesar de las imágenes que muestran la vandalización al despacho de la ex jefa de Estado y de que la sesión por acuerdo del Gobierno con el Fondo Monetario Internacional (FMI) se realizaba en la Cámara baja.
Sobre este punto, la abogada Fernández le dijo a Infobae: “No solo el despacho de la Vicepresidenta fue vandalizado, otros despachos también, entonces, no se tendría que haber presentado el Honorable Senado, sino que tendría que haber presentado el Poder Legislativo en su conjunto. No una Cámara y justo la Cámara que no estaba sesionando. Por esa razón impugnamos la presentación de Cristina Fernández en el expediente”.
Por otro lado, la abogada defensora asegura que, según la Constitución Nacional, solo el Ministerio Público puede impulsar el presunto delito de “intimidación pública”, una atribución que no le esta concedida al Poder Legislativo “ni, en particular, en su Capítulo Segundo, dedicado al Senado, ni en el Cuarto, referido a las atribuciones del Congreso, que haga suponer que este Poder puede solaparse con el Judicial ni con el Ministerio Público en la persecución de otros delitos que no sean los que la propia Constitución establece (artículos 53 y 59 CN)″.
Por esa razón, insiste Fernández: “No puede el Senado de la Nación utilizar la figura de la querella para pretender perseguir penalmente a nadie”. Para la abogada de los imputados esto sería una “burla al mandato de la Constitución y la división de poderes con el pretexto de una, por lo demás prohibida, interpretación analógica de las leyes procesales penales”.
En el escrito presentado ante la jueza Capuchetti, la defensa de los imputados expresó: “Contrariamente a lo que pretende argüir la apoderada de la Presidencia del Senado, el Poder Legislativo no puede comportarse como un particular cualquiera y pisotear la estricta división de poderes establecida constitucionalmente”.
En el documento presentado ayer, que lleva la firma de Peñafort, la presidencia del Senado señala que “pese a la mayoría pacífica que se manifestó libremente, pudo verificarse un grupo de personas que, apostados sobre la intersección de las calles Hipólito Yrigoyen y Entre Ríos, de forma coordinada, comenzaron un violento ataque sobre el Congreso de la Nación, específicamente sobre las ventanas que dieran al despacho de la Presidencia del H. Senado de la Nación en el que, en aquel momento, se encontraban tanto la actual Vicepresidenta de la Nación, Cristina E. Fernández de Kirchner, la Senadora Anabel Fernández Sagasti, el Senador Oscar Parrilli y el Diputado Máximo Kirchner entre otros colaboradores”.
En el escrito también se afirma que “entre los ataques con piedras y que tuvieran como claro objetivo las oficinas mencionadas, se realizaron marcas con pintura roja sobre la zona, circunstancia que podría haber oficiado de señalización”.
Sobre este punto, la abogada Fernández entiende que tampoco la presidencia del Senado de la Nación puede sostener el pretendido delito de “lesiones leves, graves o gravísimas en grado de tentativa” contra los funcionarios que estaban en el despacho de Cristina Kirchner porque “las lesiones tentadas resultarían en una debilitación permanente de la salud, de un sentido, de un órgano, de un miembro o una dificultad permanente de la palabra o (hubieran) puesto en peligro la vida del ofendido, le hubiere inutilizado para el trabajo por más de un mes o le hubiere causado una deformación permanente del rostro”, cosa que para la defensora no solo “no ocurrió” sino que “sólo se sostiene en su particular, y pública versión de los hechos”.
Y agrega: “Pretende convertir los sucesos de una protesta social y política semejante a las tantas que han ocurrido en nuestra desgraciada historia de gobiernos de distinto tipo, en una versión actualizada de la pretensión de Luis XIV, el Rey Sol, que creía que todo (y el Estado también, claro) giraba a su alrededor. Pero no dejan de ser eso: mera especulación sin fundamento”.
Por todo lo expuesto, la abogada de los imputados solicita que la jueza Capuchetti “le dé inmediata intervención al superior” y que “se deje sin efecto la constitución del Honorable Senado de la Nación como parte querellante”.
Fuente: Infobae
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