En el día de la fecha los compañeros paritarios de la Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (FTCIODyARA), de manera conjunta con los compañeros paritarios del Sindicato de Obreros y Empleados Aceiteros de San Lorenzo (SOEA), alcanzaron un acuerdo con los representantes patronales de las cámaras CIARA, CIAVEC y CARBIO que lleva el salario básico inicial a $ 508.302,11 a partir del 1° de septiembre de 2023 para las y los compañeros obreros y empleados aceiteros.
El planteo de nuestras organizaciones gremiales se basó en el derecho a un Salario Mínimo, Vital y Móvil según su definición en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional y artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, esto es, que asegure a los trabajadores en su jornada legal de trabajo la satisfacción de las 9 necesidades allí contempladas: alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión.
En septiembre de 2023 el salario inicial consistirá en $ 458.828,44 más una suma de $ 49.473,68 no remunerativa que se incorporará al remunerativo a partir del mes de octubre de 2023.
Compañeras y compañeros, este nuevo logro se obtiene por la continua unidad sostenida entre las dos organizaciones gremiales que representan a las y los obreros aceiteros, con claridad en el objetivo de defensa de los legítimos derechos que nos corresponden como trabajadores.
Lazo fraternal entre el SOEA San Lorenzo y la FTCIODyARA que asegura la representación profunda de los intereses de nuestras compañeras y compañeros representados, ante el embate de una situación económica muy difícil, donde la codicia de un puñado de corporaciones concentradas acelera la inflación y genera sufrimiento en el conjunto del pueblo.
Con conciencia de clase, con solidaridad obrera, con la herramienta del ejercicio del derecho de huelga siempre presente, seguimos avanzando por el camino del salario digno que le corresponde a toda la clase trabajadora argentina, que satisfaga sus nueve necesidades como dictan la Constitución Nacional y la Ley de Contrato de Trabajo.
Comisión Directiva
Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina
F.T.C.I.O.D y A.R.A.
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