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Se aprobó el proyecto "sin casco y sin patente, no hay nafta"

Ediles aprobaron por unanimidad la iniciativa. La Ordenanza comienza a regir dentro de 60 días en todas las estaciones de servicios de la localidad.

Concejales aprobaron la Ordenanza y comenzará a regir la medida en 60 días

Concejales aprobaron la Ordenanza y comenzará a regir la medida en 60 días

Concejales de Villa Gobernador Gálvez aprobaron, esta tarde, el proyecto de Ordenanza Nº4,725/13 que prohibe a las estaciones de servicios de la ciudad no vender nafta a aquellos motociclista que no poseen casco y cuyos vehículo no tienen patente. La localidad es pionera en lo que respecta a la patente. Con esto, se busca reducir los indices de inseguridad en la ciudad, ya que el "90 % de los robos son en motocicletas sin dominio", indicó el autor del proyecto el Dr. Martín Gini.

Como primer articulo la Ordenanza indicó que la Municipalidad, primero, tendrá que implementar una campaña de concientización vial que se llamará "Sin casco y sin patente, no hay nafta".

En el segundo articulo comentó que se prohíba, para todas las estaciones de servicios y establecimientos de venta de combustible líquidos, los expendio de los mismos y/o sus aditivos a los conductores de motovehículos u otros rodados que requieran legalmente la utilización de casco protector a éstos y/o a sus ocupantes y no se exhiban dicho elemento al momento de la compra. Dicha prohibición de expendio se extenderá sobre todo vehículo que no cuente con su chapa patente.

Como tercer punto se autorizó al Ejecutivo Municipal a realizar convenios de cooperación con los propietarios de las estaciones de servicios y/u otros expendedores.

Además, las estaciones de servicios tendrán que colocar carteles que indiquen la prohibición, bajo la leyenda "Sin casco y sin patente, no hay nafta". Las medidas de los carteles tendrán que tener 210 mm de alto y 297 mm de ancho, deberán llevar la inscripción "sin casco y sin patente, no hay nafta" y "prohibido el expendio de combustible sin la chapa patente y el casco reglamentario. No comprometa al personal".

Por otro lado, la Ordenanza regirá dentro de los 60 días y desde el momento de la aprobación de la regulación, esos días, se utilizarán para realizar campaña de concientización. Luego de los dos meses de campaña el Ejecutivo deberá poner inspectores de tránsito para garantizar controles exhaustivos para que se cumpla con la Ordenanza.

Como último punto deberá hacerse copia de la regulación a los establecimientos educativos de todos los niveles de la ciudad, a las comisarias de la localidad, al Comando Radioeléctrico, como así también a los comercios que se dediquen a la venta de motos y/o similares.

Fuente: Sin Mordaza

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