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Bignone y Patti, a juicio oral por crímenes de lesa humanidad en Rosario

Finalmente, la causa por los asesinatos de Eduardo Pereyra Rossi y Osvaldo Cambiaso en mayo de 1983 fue elevada a juicio oral y público, que deberá ventilarse en un Tribunal Oral Federal de Rosario.

El ex policía Luis Abelardo Patti es uno de los imputados.

El ex policía Luis Abelardo Patti es uno de los imputados.

Rosario.- Finalmente, la causa por los asesinatos de Eduardo Pereyra Rossi y Osvaldo Cambiaso en mayo de 1983 fue elevada a juicio oral y público, que deberá ventilarse en un Tribunal Oral Federal de Rosario a designarse. Así, se sentarán en el banquillo el ex dictador Reynaldo Bignone y el ex policía Luis Abelardo Patti, junto a otros ocho represores más, mientras que por el momento zafó de ir a juicio el ex coronel Víctor Hugo Chuly Rodríguez, también procesado en la causa que instruye el juez federal Nº2 de San Nicolás, Carlos Villafuerte Ruzo.

Pereyra Rossi y Cambiaso fueron secuestrados el 14 de mayo de 1983 en el bar Magnum, de Córdoba y Ovidio Lagos, por un grupo de tareas del Destacamento de Inteligencia (DI) 121 de Rosario, y aparecieron al día siguiente en inmediaciones de la localidad bonaerense de Lima acribillados a balazos y con evidentes signos de tortura. Los imputados son los ex policías bonaerenses Patti (de 60 años) y Juan Spataro (56 años), sindicados junto al fallecido Rodolfo Dieguez de ser los autores materiales de los asesinatos.

A ellos se suma Luis Américo Muñoz (ex coronel del Ejército, ex segundo jefe del DI, de 75 años) como “partícipe necesario de la privación ilegítima de la libertad, torturas y posterior homicidio” de Pereyra Rossi y Cambiaso. También irán a juicio Pascual Guerrieri (ex coronel y ex jefe del DI, de 78 años), los ex personal civil de inteligencia (PCI) Juan Andrés Cabrera (63 años), Carlos Sfulcini (65), Walter Pagano (67), Ariel Porra (57) y Ariel López 65), acusados de ser “coautores penalmente responsables de los delitos de la privación ilegítima de la libertad y torturas” de las víctimas, “y participes necesarios de sus homicidios”. Al ex dictador Bignone se lo considera como “autor mediato” de los crímenes.

El juez Villafuerte Ruzo resumió que Pereyra Rossi y Cambiaso “habrían sido secuestrados por elementos del Ejército pertenecientes al Destacamento de Inteligencia 121 de Rosario y entregados a otros miembros de fuerzas de seguridad dependientes de la llamada Zona de Defensa 4, quienes le dieron muerte, simulando ser ellas producto de un enfrentamiento armado con esas mismas fuerzas policiales”.

Quienes los entregaron a sus matadores fueron aquellos que perpetraron el secuestro, es decir el grupo de tareas del DI que “no podían de manera alguna desconocer su destino (de los prisioneros) atento el contexto en que fueron privados ilegítimamente de su libertad, y que los hechos padecidos por ambos se fueron desarrollando con una continuidad temporal que no permite descartar su intervención en ellos”, afirmó el magistrado.

De esta manera, el caso podrá llegar a juicio oral, tras largos años de transitar los tribunales por parte de los familiares y compañeros de las víctimas. Es que estos hechos ya habían sido investigados en un proceso llevado adelante con anterioridad a la sanción de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final, que había terminado con el sobreseimiento de los entonces acusados. Los familiares y la Fiscalía insistieron a partir de la anulación de esas normas, abriendo una causa en la que el juez instructor —Villafuerte Ruzo— fue reiteradamente cuestionado por “incurrir en dilaciones”, según plantearan el fiscal Juan Patricio Murray y los familiares.

En ese sentido, tanto la Fiscalía como las querellas requirieron también la elevación a juicio por el imputado Víctor Rodríguez, pero el juez aún no consideró cerrada la instrucción en su caso. Es que Villafuerte Ruzo inicialmente lo había desvinculado del caso, pero luego la Cámara Federal de Rosario ordenó su procesamiento, resolución confirmada días atrás por la Sala I de la
Cámara Nacional de Casación, que además ordenó su detención. En su resolución, el juez consideró los hechos de “lesa humanidad” pero aclaró que “no puede dejar de considerarse también el despliegue criminal de las acciones subversivas” llevadas a cabo por “organizaciones pseudorevolucionarias”.

Fuente: Diario La Capital

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