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P. Esther: nuevamente aparecen las fotomultas e insisten en su ilegalidad

Juez Ariel Fernandez, Doctor Luciano Crosio

Juez Ariel Fernandez, Doctor Luciano Crosio

Por estos días aparecieron nuevamente, y en cantidad, las fotomultas emitidas por los radares ubicados sobre la ruta 21 en jurisdicción de P. Esther. Esto correspondiente al incremento del tránsito vinculado a la época de verano. No obstante, el presidente del Concejo de Arroyo Seco, sostiene de la ilegalidad de este procedimiento.
Por un lado, el Juez de Faltas de la vecina ciudad, doctor Ariel Fernandez, explicó que si bien hubo un incremente en los últimos meses, “hay muchas menos infracciones desde que se colocó el radar; ya que la mayoría está tomando conciencia sobre lo que generaba la velocidad y el tener que cruzar desde un lado al otro de la localidad.”
Crosio, quien por mucho tiempo estuvo al frente de la Oficina del Consumidor que emitió miles de descargos al respecto, explicó: “el estado municipal sigue haciendo mal las cosas y no conozco un solo caso de que hubo una intimación o existiera un problema en la renovación o venta del vehículo. O sea, la Municipalidad tira de la cuerda hasta donde puede.” Y sumó que el problema frente a lo que entiende como ilegal, es la gente que abona sin interiorizarse: “claro que puede reclamar ese pago, pero no tiene mucho sentido ya que es meterse en un juicio que es más caro que la multa que abonó.”
 
¿Qué cosas se hace mal en relación a las fotomultas? – Crosio primero indicó que “luego de la infracción, a un kilómetro debiera haber un policía o inspector de tránsito informando de la falta cometida anteriormente; pero eso no sucede.” Sobre esto, Fernandez indicó que el sistema no lo requiere y que los radares, para ello, cuentan con las habilitaciones correspondientes de la Agencia de Seguridad Vial; recordando que la tolerancia es hasta 66 el kilómetro por hora máximo permitido.
El presidente del concejo local manifestó que además, las actas debieran ser recibidas en mano y no dejadas debajo de la puerta, sumado a que puede haberse entregado en un domicilio erróneo. El Juez, por el contrario, explicó que se utiliza la notificación certificada con el informe del personal de Correo Argentino indicando dónde y en que lugar dejó esa documentación; que incluso es un constante argumento de quienes quieres ser excusados de la falta cometida.
Sobre el plazo de notificación, Crosio recordó que debe ser dentro de los sesenta días posterior al momento de la presunta infracción; pero “existe una prorroga desde el año pasado en relación a la pandemia” – respondió Fernandez quien recordó que sí se desestimaron las emitidas entre 2016 y 2017 cuando recién se iniciaba el sistema, pero luego eso fue corrigiéndose. Éste último también mencionó que el costo de las multas se redujo en un 50% dado que el “Senado aprobó la modificación de la Unidad Fiscal a la mitad del costo de un litro de nafta; incluyendo que puede armarse un plan de pago para quien venga a hacer el descargo de manera presencial. Aunque el tema no es cobrar sino generar conciencia” – aseguró.
También el presidente del concejo mencionó: “la foto no puede sacarse de adelante porque no debe verse la cara de la persona ya que se viola el derecho a la identidad. Que aunque venga el acta con una marca, alguien ya vio ese rostro y jurídicamente, uno es dueño de su propia imagen y no autoriza a que se saque una foto dentro de su auto.” Así que sobre esto, Crosio volvió a insistir y asegurar sobre la ilegalidad del sistema usado aunque recomendó, para tranquilidad del conductor, realizar el correspondiente descargo.

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