La Municipalidad de Arroyo Seco informa mediante el decreto N°302 /2020 lo siguiente:
▪️Artículo 1: Adhiérase la Municipalidad de Arroyo Seco a las disposiciones del Decreto N°467/20 de fecha 03 junio de 2020 emitido por el Departamento Ejecutivo de la Pcia. de Santa Fe.
▪️Artículo 2: Se dispone que conforme el art. 1 inc. a del Decreto N° 0467/20 emitido por el Poder Ejecutivo Provincial, la actividad laboral de las empleadas y empleados de casas particulares, comprendidos en el régimen de la ley 26844 deberán cumplimentar con las medidas de prevención sanitaria y el distanciamiento personal, siempre que se resolviera el traslado sin el uso del transporte público de pasajeros, sujeta a la condición de que ni en el domicilio de residencia del trabajador o al trabajadora, ni en el de prestación de servicios, se halle una persona sometida particularmente a aislamiento por presentar síntomas de COVID-19 o encontrarse en estudio y no definido como positivo de la enfermedad, porestar pendiente el resultado de los testeos; o por regresar de zonas definidas como “de riesgo” por la autoridad sanitaria nacional o provincial.
▪️Artículo 3: Se dispone que los comercios y/o actividades exceptuadas del “Aislamiento social, preventivo y obligatorio”, conforme al Decreto de Necesidad y Urgencia del Poder ejecutivo Nacional N° 297/20 y sus sucesivas ampliaciones, así como las Decisiones Administrativas del Jefe de Gabinete, deberán permanecer abiertos en el horario y conforme el esquema de trabajo que se menciona en el cuadro que como ANEXO I formaparte de la presente, en un todo conforme con los fundamentos vertidos en el considerando del presente.
▪️Artículo 4: Modifquese el art. 2 del Decreto N° 269/2020, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Se dispone autorizar la apertura, con sujeción a las condiciones de implementación ycumplimiento de los protocolos establecidos, en seguimiento de las recomendaciones einstrucciones de la autoridad sanitaria, de las siguientes actividades, saber:
● Permisionarios (agentes y subagentes) de la Caja de Asistencia Social- Lotería deSanta Fe, de lunes a sábados de 10 a 20 hs.
● Actividad aseguradora, a puertas cerradas, con la dotación mínima de personal necesario, con ingreso a las oficinas de personas ajenas con turno previo en los casos en que fuere indispensable la concurrencia en virtud de que la operación a realizar no puede concretarse de manera remota. La misma deberá desarrollarse de lunes a viernes de 9 a 19hs.
● Actividades de cobranza a domicilio, de lunes a sábados de 8 a 19hs.
▪️Artículo 5: Los empleadores excepcionados por la normativa nacional, deberán adoptar,implementar y publicar en un lugar visible establecimiento un Protocolo de Seguridad eHigiene en conjunto con su Servicio de Medicina del Trabajo e informando al ComitéMixto de Salud y Seguridad o Delegado de Prevención, en un todo conforme con la Resolución Nro 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de SantaFe, de la provincia de Santa Fe, bajo apercibimiento de ley.
▪️Artículo 6: El incumplimiento de lo dispuesto en el presente y su ANEXO I y ANEXO II,hará al responsable pasible de clausura por entre cinco (5) y treinta (30) días corridos como medida cautelar, sin perjuicio de las sanciones administrativas conforme la Ordenanza Nro2451/16 y modificatorias, y penales que pudieren corresponder.
▪️Artículo 7: Las disposiciones del presente Decreto comenzarán a regir a partir de las 00:00hs. del día 08 de junio de 2020.
▪️Artículo 8: Deróguese el Decreto Nro 255/2020 (y modificatorias) del Departamento Ejecutivo Municipal, vigente que sea el presente.
▪️Artículo 9: Apruébase las Recomendaciones Generales para la ciudadanía que ha emitido elSr. Secretario de Salud Pública de Arroyo Seco, que como ANEXO II, forma parte delpresente.
▪️Artículo 10: Ordénese al Sr. Secretario de Salud Pública la máxima difusión y concientización de dichas medidas, encargándose asimismo al área de comunicación yredes la máxima difusión y concientización sobre los cuidados relativos a la pandemia.
▪️Artículo 11 : Comuníquese, regístrese y archívese.
✅ ANEXO 1
En el marco del aislamiento, social, preventivo y obligatorio decretado por el Gobierno Nacional y las normativas vigentes con respecto a las actividades exceptuadas delmismo, se adjunta planilla con los rubros y horarios permitidos en la jurisdicción de ArroyoSeco, además hacemos saber que todos los empleadores deberán cumplimentar con losdispuesto en la Resolución N° 41/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y SeguridadSocial de la Pcia. De Santa Fe.Asimismo, detallamos las siguientes recomendaciones:
● Todo el personal que trabaje en atención al público debe usar barbijo, tapaboca y
gafas en su defecto.
● Limpieza obligatoria y frecuente de cada local, de todos los insumos y muebles de
contacto que existan en cada uno de ellos.
● Uso de lavandina al 0.2% y alcohol al 70% en superficies planas.
● Respetar la distancia permitida entre persona y persona y el máximo permito de
ingreso en cada uno de los locales.
● Evitar conglomerados de clientes
● Evitar cantidades de personal trabajando en cada uno de los comercios y/o locales
permitidos.
● Los choferes de remises deben usar barbijo.
Toda actividad y/o rubro que no esté comprendido dentro de las actividades
permitidas, no podrán abrir sus puertas ni hacer delivery alguno, bajo pena de
clausura y/o multa que pudieren corresponder.
✅ ACTIVIDADES PERMITIDAS
🔹Supermercados: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo.
🔹Comercios Minoristas: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo.
🔹Comercio Mayoristas: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo.
🔹Lavadero de autos: 8 a 13 hs. Con turno previo
🔹Veterinarias 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad.
🔹Lavanderías: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad
🔹Corralones: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad
🔹Madereras: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad.
🔹Farmacias: 8 a 19 hs. Farmacia de turno 24 hs.
🔹Estaciones de servicios: Horario habitual. No está permitidodescender del vehículo,
salvo carga de GNC.
🔹Bancos Según reglamentación deBCRA
🔹Sistema de cobro rápido: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad.
🔹Talleres mecánicos ytalleres de reparación demotos y bicicletas: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deseguridad laboral.
🔹Gomerías 8 a 19 hs. Conforme protocolo deseguridad laboral.
🔹Correo: 8 a 19 hs
🔹Mutuales y Cooperativasde crédito: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad
🔹Remiserías Horario habitual: Sólo 1 pasajero a bordo odos como máximo si conviven en el mismo
🔹Viveros, plantarías yflorerías: 8 a 19 hs. Conforme protocolo deseguridad y salud laboraldel Ministerio deProducción, Ciencia yTecnología de la Pcia. deSanta Fe.
🔹Sindicatos, entidadesgremiales empresarias,obras sociales, partidos políticos, administraciónde entidades deportivas: 8 a 19 hs A puertas cerradas, condotación mínima depersonal necesario quepueda concurrir sin utilizar transporte públicoy con turno previo.
🔹Actividad laboral de lasempleadas y empleados decasas particulares, comprendidos en elrégimen de la ley 26.844: 8 a 19hs Cumplimentando lodispuesto en el art. 2 delpresente.
✅ SERVICIO DE MANTENIMIENTOS PERMITIDOS
🔹Oficios Independientes(Albañiles, plomeros,elecricistas, gasistas,durleros, herreros,carpinteros y afines): 7 a 19 hs. Conforme protocolo desalud y seguridad laboral
🔹Cortadores de césped: 7 a 19 hs. Máx. 2 personas.
🔹Servicios de fumigación: 17 a 22 hs. Máx. 2 personas
✅ACTIVDADES SÓLO DELIVERY y “TAKE AWAY”
🔹Helados y postres: 10 a 00 hs. Delivery y modalidad“para llevar” (“takeaway”)
🔹Restaurantes, Bares: 7 a 00 hs. Delivery y modalidad“para llevar” (“takeaway”)
🔹Locales de comidas: 10 a 00 hs. Delivery y modalidad“para llevar” (“takeaway”)
✅NUEVAS ACTIVIDADES AUTORIZADAS
🔹Peluquerías, Estéticas,Manicuría y Pedicuría: 14:00 a 19:30 hs de lunes a
viernesy sábados de 10:00 a19:00hs. Con turno previos y sinclientes esperando.
🔹Concesionarios de autos ymotos: De 8:00 a 19:00(de lunes a sábados). Conforme protocolo deSalud y seguridad en eltrabajo y recomendacionesde la Municipalidad
🔹Servicios de mudanza: De 10:00 a 16:00 hs. Lunes, miércoles y sábados
🔹Inmobiliarias: De 8:00 a 19:00 hs con turno previo y sinclientes esperando
🔹Obras Privadas: De 7:00 a 19:00 hs Hasta diez (10)trabajadores
🔹Profesionales liberales: De 8:00 a 19:00 hs| Conforme reglas colegiales.
✅ANEXO II
🔹Recomendaciones Preventivas Generales. Primer etapa apertura Locales Arroyo Seco
1) Los empleadores deben adoptar, implementar y publicar en lugar visible del establecimiento un Protocolo de Seguridad e Higiene, el cual debe contener unaevaluación de los riesgos por puestos y determinar las medidas de prevención aadoptar focalizando el riesgo de contagio del COVID-19. (según ResoluciónN|41/2020 MTEySS).
2) Los empleadores deben confeccionar un Registro de Capacitación a los trabajadores
del Protocolo de Prevención de Covid 19 y acciones de educación sanitariaadoptados, en cumplimiento de las previsiones del Decreto 351/79 y N° 1338/96.
3) Los empleadores deben Confeccionar un Registro de entrega de elementos de protección personal y de prevención en el marco del Protocolo de Prevención del COVID-19. (según Resolución N|41/2020 MTEySS).
4) CAPACIDAD de Atención: los locales de menos de 15m2 de atención al público deberán tener solo un Cliente dentro realizando la compra, aquellos locales que presenten más de 15m2 de superficie de atención al público podrán tener 3 personas dentro del local respetando las medidas de separación correspondientes no menos de 1,5m entre persona y persona.
5) Poner Carteles de NO TOCAR – NO MANOSEAR la mercadería que no se va a
adquirir como parte de la compra.
6) Al umbral o ingreso de cada negocio deberá haber un trapo embebido con Agua
Lavandina Diluida donde cada cliente pasara con su calzado, al ingreso luego dedicho trapo deberá haber un trapo seco para que dicho cliente se pueda secar elcalzado con el pisoteo para evitar superficies resbaladizas.
7) Al ingreso todo cliente deberá ser pulverizado en sus manos con alcohol al 70%para disminuir la contaminación por contacto.
8) Todo cliente deberá utilizar barbijo durante toda la compra.
9) Se sugiere que la compra no dure más de 15 a 20 minutos y no establecer el riesgode contaminación que conlleva la permanencia en un lugar.
10) Se tratará de utilizar como medio de pago si es posible y preferiblemente con tarjetade débito o crédito, en caso de manipulación de dinero en papel impreso se deberá depositar (sin tener contacto con el vendedor) en una bolsa aparte para poder
rociarlo con alcohol al 70% y luego de media hora poder utilizarlo para disminuir la
posibilidad de contagio por contacto por vectores materiales y resguardar al
empleado o dueño del local. En caso de pago no exacto y dar cambio se debe tener
el monto en dinero de papel previamente rociado con alcohol al 70% para expender
dinero con menor riesgo de contagio.
11) Se recomienda en negocios cuyo rubro es la venta de ropa o calzado de no Utilizar
en esta primer etapa de apertura de negocios los cambiadores, vestidores o
probadores, la ropa deberá ser probada en domicilio y al regresar al local se deberá
rociar con alcohol al 70% para disminuir la posible carga viral externa y colocar engóndola para ser exhibida luego de 30 min a 1 hora aproximadamente.
El evento tuvo lugar anoche, se trata del establecimiento escolar que tiene su edificio en Islas Malvinas 155 bis, acceso autopista.