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Prohíben cargar la media res en la espalda

La norma sancionada por el gobierno nacional comenzará a regir en abril. Es para cuidar la columna de los trabajadores de la carne.

Adiós a la media res al hombro.

Adiós a la media res al hombro.

La imagen es un clásico, una postal que vemos desde chicos en supermercados y carnicerías. El gobierno prohibió que los trabajadores de la carne se carguen al hombro media reses vacunas o cortes de carne superiores a los 25 kilos sin asistencia mecánica. La idea protegerlos de los daños que eso produce en su salud, fundamentalmente en la columna. La resolución fue publicada en el Boletín Oficial de la Nación.

La resolución 13/2020, en su artículo primero, establece que “toda manipulación, transporte, distribución, carga y/o descarga de productos cárnicos” cuyo peso sea superior a 25 kilos “que realicen trabajadores y se lleven a cabo en empresas o en establecimientos dedicados a la faena de ganado bovino, ovino, porcino, equino, caprino, animales de caza mayor y menor o industrialización de los mismos, o en su cadena de transporte y distribución mayorista o minorista, se deberá realizar con la asistencia de medios mecánicos adecuados”.

En los considerandos de la norma, se reconoce que los empleados del sector “deben manipular y transportar cargas que, dado los pesos de los productos promedio -comercialización de la media res por citar un ejemplo-, tornan inconveniente que se realicen en forma manual o sobre los hombros del trabajador”.

La medida fue bien recibida por la Federación Gremial del Personal de la Industria de la Carne y sus Derivados.

“Se agradece la atención del Ministerio de Trabajo (está a cargo de Claudio Moroni), porque era un reclamo histórico que se planteó a varios gobiernos y que por fin hoy es tenido en cuenta”, destacó el secretario general de esa federación, José Fantini.

El traslado de mercadería al hombro fue reconocido como causal de hernias inguinales, hernia discal lumbo-sacra (con o sin compromiso radicular) y várices primitivas bilaterales, a raíz del peso que cargan los operarios, que suele oscilar entre los 100 y los 150 kilos.

“Al reconocer los trastornos músculoesqueléticos relacionados con el trabajo como un problema importante de salud laboral, se aprobaron las especificaciones técnicas sobre ergonomía y levantamiento manual de cargas”, explica la resolución 13, que comenzará a regir a partir de abril.

“Es un cambio que favorece no sólo la salud de los trabajadores, sino también la higiene del producto que llega al consumidor”, concluyó Fantini.

Fuente: Rosario 3

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