Fueron condenados a tres años de prisión en suspenso y entre 5 y 7 años de inhabilitación para ejercer la profesión.
Rosario.- Dos abogados fueron condenados a tres años de prisión en suspenso y entre 5 y 7 años de inhabilitación para ejercer la profesión, respectivamente, al ser hallados culpables de graves delitos económicos y estafas con depósitos judiciales inmovilizados del Banco Municipal de Rosario. Se trata de la primera resolución de peso en el marco del caso que desató un escándalo en Tribunales y donde además está separado de su cargo y en pleno proceso de jury un juez civil y comercial que avaló las maniobras. Además, están procesados su secretario y un martillero sindicado como jefe de la asociación ilícita que pergeñaba el ardid.
A 10 meses de iniciada la investigación penal de la causa que sacudió la estructura del Poder Judicial de Rosario, se conoció el miércoles la condena contra los abogados Luciano García Montaño y Jorge Heter, quienes junto al martillero Oscar Kovalevski, en connivencia con el juez civil y comercial Nº 17, Alejandro Pedro Martín, y su secretario, Ricardo Lavaca, fueron denunciados de inventar juicios ejecutivos falsos para absorber fondos de cuentas judiciales inmovilizadas del Banco Municipal.
En noviembre de 2012, la entidad crediticia llevó a la Justicia las maniobras defraudatorias que detectó a través de un cruce de datos y, tras la intervención del fiscal Nº 3, Carlos Covani, se acumularon pruebas que pusieron al descubierto que el grupo orquestó estafas reiteradas entre 2010 y 2012.
Se verificaron 56 movimientos con expedientes ejecutivos falsos, a través de los cuales el juzgado de Martín generaba oficios de cobro del dinero inmovilizado. En total se comprobó que el grupo se apoderó de cerca de 1.050.000 pesos.
Luego de acumular las pruebas suficientes para llevar a juicio a los imputados, en mayo de este año la jueza de Instrucción Nº 12, Mónica Lamperti, procesó a Lavaca, a Kovalevski (este último es el único detenido acusado de ser el jefe de la asociación ilícita), a García Montaño y a Heter por los delitos de falsificación de instrumento público, defraudación y estafas reiteradas.
En esa resolución, la magistrada suspendió el trámite respecto al juez Martín y envió sus antecedentes al Tribunal de Enjuiciamiento (ver aparte). También dictó la falta de mérito de un empleado del banco —apelada por el fiscal— apuntado como quien le aportaba información de las cuentas a los estafadores; y de otro abogado que fue desvinculado de la causa.
Pero Heter y García Montaño hicieron un bloque común. Al ampliar su declaración indagatoria, apuntaron a Kovalevski como el cerebro de la organización. Aunque admitieron ser partícipes de las maniobras, lograron, con dictamen favorable del fiscal y la admisión de Lamperti, acceder a un juicio abreviado con reducción de las penas, que de llegar a un juicio ordinario los hubiese dejado tras las rejas por la gravedad de los delitos que les enrostraron.
Además, y tras una ampliación de la denuncia del Banco Municipal en diciembre de 2012, se detectaron acciones idénticas y conexas en el juzgado Civil y Comercial Nº 1, investigación que también acumuló Lamperti y donde aparecieron los mismos protagonistas de la maniobra. Por ese hecho, el ex juez Jorge Escavone fue llamado a declaración indagatoria hace pocos días.
Mientras Kolaveski, Martín y Lavaca aguardan la tramitación del juicio, la jueza de Sentencia Nº 2, María Isabel Más Varela, homologó en los últimos días, el juicio abreviado de los dos abogados y dictó sentencia.
"Entiendo ajustado a derecho condenar a Luciano Bautista García Montaño como autor penalmente responsable de los delitos estafa, defraudación contra la administración pública (27 hechos), integrante de la asociación ilícita, falsificación y adulteración de documentos públicos, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía por el término siete años años", dice la jueza en el fallo.
A su vez, y respecto a Jorge Heter la condena es casi idéntica salvo la restricción para ejercer la profesión y le atribuyeron menos hechos de estafa contra la administración pública (seis). Así, también se lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para el ejercicio de la abogacía por cinco años.
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