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La Corte Suprema de Santa Fe dejó firme el fallo que absolvió al ex juez Carlos Fraticcelli

El máximo tribunal de la justicia provincial declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad presentado por el fiscal de cámara de Venado Tuerto, Fernando Palmolelli.

El alto tribunal sostiene que "un procedimiento que se ha prolongado durante más de catorce años, excede todo parámetro razonable".

El alto tribunal sostiene que "un procedimiento que se ha prolongado durante más de catorce años, excede todo parámetro razonable".

La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe dejó firme el fallo que absolvió a Carlos Andrés Fraticcelli por la muerte de su hija Natalia. El máximo tribunal de la justicia provincial declaró inadmisible un recurso de inconstitucionalidad presentado por el fiscal de cámara de Venado Tuerto, Fernando Palmolelli.

En noviembre del 2009 la Cámara de Apelaciones en lo Penal de esa ciudad del sur santafesino revocó la condena contra Carlos Fraticcelli y Graciela Diesser, quien se suicidó en abril de 2012.

Al plantear el recurso el fiscal Palmolelli sostiene que la sentencia cuestionada resulta arbitraria tanto normativa como fácticamente.

La Corte afirma que la falta de certeza sobre la acusación a Fraticcelli hace imposible destruir la situación de inocencia. Agrega que a pesar de los catorce años transcurridos desde la muerte de Natalia Fraticcelli, no existió otra hipótesis incriminatoria de la Fiscalía. Puntualiza que la eventual prescripción de la acción respecto de terceras personas desconocidas responderá en todo caso a una "falla garrafal" del fiscal que investigó solamente la hipótesis de responsabilidad de Fraticcelli y su esposa, descartando toda otra línea de investigación.

El alto tribunal sostiene que “un procedimiento que se ha prolongado durante más de catorce años, excede todo parámetro razonable, dilatando el estado de indefinición en el que se ha mantenido a los imputados en violación de su derecho constitucional a obtener un pronunciamiento judicial en un plazo razonable”.

Fuente: La Capital

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