El Ejecutivo provincial firmó el decreto Nº 3.349 -con fecha 11 de octubre- para reglamentar la denominada Ley de Talles, que obliga a las industrias textiles radicadas en el ámbito de la provincia de Santa Fe a confeccionar indumentaria femenina en todos los talles.
La ley original había logrado sanción en 2007 pero fue modificada en 2009 y desde entonces se adeudaba su reglamentación.
La amplitud de talles propone cubrir las medidas antropométricas de la mujer adolescente y su marcación, conforme a las medidas aprobadas por normas Iram. La ley exige que las fábricas confeccionen todos los talles, y que los comercios vendan tales productos.
El decreto reglamentario prevé mecanismos de fiscalización sobre el etiquetado y rotulado de las prendas para verificar su control con el número de talle. Dicha marcación deberá ser mediante pictograma o indicación de las medidas corporales apropiadas y sus valores numéricos. El control de talles deberá efectuarse verificando la existencia de todos los talles considerados obligatorios (del 38 al 48). Las prendas exteriores confeccionadas con lycra, telas elastizadas o tejidos de punto podrán comprender hasta dos talles, y las etiquetas deberán identificar claramente los dos talles comprendidos.
Incumplimiento
En el supuesto de detectarse una presunta adulteración entre la medida real de la prenda y su etiqueta, o si se planteara controversia al respecto entre el fiscalizador y el comerciante, se dará intervención a la Dirección General de Industrias dependiente del Ministerio de la Producción, para que verifique si existe o no irregularidad o inobservancia de la normativa vigente.
Las sanciones ante el incumplimiento irán desde multas, hasta la posible clausura del establecimiento. Esta última será dispuesta -independientemente de la sanción de la multa que correspondiere- en los casos de infracciones graves en los que mediaren razones de interés general, público o social que hicieren aconsejable la adopción de una medida de esa naturaleza, por el tiempo que la autoridad de aplicación considere necesario para recomponer la actividad del establecimiento o su adecuación a la legislación vigente, dentro del tiempo máximo legal de treinta días. La autoridad de aplicación podrá requerir el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir la normativa vigente.
El siniestro se dio este sábado por la mañana en el ingreso sur de la localidad. La víctima fatal era el conductor de uno de los dos vehículos, oriundo de Puerto Gaboto
“Nuestra marca de trabajo es la cercanía y el respeto aún en la disidencia”, afirmó y condenó las disputas que “dejan en el medio, sin atender, a las verdaderas necesidades de la gente”. Seguirá acompañada por Corral y Martorano en las vicepresidencias 1º y 2º, respectivamente.
Desde Amra destacaron que entre los profesionales de la salud “primó la necesidad imperiosa de un ajuste salarial y no retrasar aún más la titularización de los compañeros precarizados”. El aumento será del 18 por ciento.
Diputados del bloque Unidos plantearon que el Régimen de Incentivos para Grandes Inversiones (RIGI), incluido en la Ley Bases, implicaría una competencia desleal para la estructura productiva de Santa Fe. El tema fue tratado por los gobernadores de Córdoba, Entre Ríos y Santa Fe durante el Foro de la Región Centro.
La presidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados destacó la sanción del proyecto que establece un marco para los usuarios santafesinos que produzcan electricidad para volcar a la red de distribución. Se formaliza una política iniciada en 2016 por el exgobernador Lifschitz.