El Ejecutivo provincial firmó el decreto Nº 3.349 -con fecha 11 de octubre- para reglamentar la denominada Ley de Talles, que obliga a las industrias textiles radicadas en el ámbito de la provincia de Santa Fe a confeccionar indumentaria femenina en todos los talles.
La ley original había logrado sanción en 2007 pero fue modificada en 2009 y desde entonces se adeudaba su reglamentación.
La amplitud de talles propone cubrir las medidas antropométricas de la mujer adolescente y su marcación, conforme a las medidas aprobadas por normas Iram. La ley exige que las fábricas confeccionen todos los talles, y que los comercios vendan tales productos.
El decreto reglamentario prevé mecanismos de fiscalización sobre el etiquetado y rotulado de las prendas para verificar su control con el número de talle. Dicha marcación deberá ser mediante pictograma o indicación de las medidas corporales apropiadas y sus valores numéricos. El control de talles deberá efectuarse verificando la existencia de todos los talles considerados obligatorios (del 38 al 48). Las prendas exteriores confeccionadas con lycra, telas elastizadas o tejidos de punto podrán comprender hasta dos talles, y las etiquetas deberán identificar claramente los dos talles comprendidos.
Incumplimiento
En el supuesto de detectarse una presunta adulteración entre la medida real de la prenda y su etiqueta, o si se planteara controversia al respecto entre el fiscalizador y el comerciante, se dará intervención a la Dirección General de Industrias dependiente del Ministerio de la Producción, para que verifique si existe o no irregularidad o inobservancia de la normativa vigente.
Las sanciones ante el incumplimiento irán desde multas, hasta la posible clausura del establecimiento. Esta última será dispuesta -independientemente de la sanción de la multa que correspondiere- en los casos de infracciones graves en los que mediaren razones de interés general, público o social que hicieren aconsejable la adopción de una medida de esa naturaleza, por el tiempo que la autoridad de aplicación considere necesario para recomponer la actividad del establecimiento o su adecuación a la legislación vigente, dentro del tiempo máximo legal de treinta días. La autoridad de aplicación podrá requerir el auxilio de la fuerza pública para hacer cumplir la normativa vigente.
Varinia Drisun, diputada provincial del Partido Socialista, presentó un proyecto de ley que prohíbe la exhibición de golosinas, bebidas azucaradas y productos con uno o más sellos de advertencia por exceso de azúcares, grasas saturadas, calorías y sodio en las líneas de caja de supermercados y autoservicios.
El paciente es un varón de 59 años, que reside en el departamento Castellanos y no contaba con antecedentes de viaje a otras provincias o al exterior. El Ministerio de Salud indicó que es el primer caso de la temporada 2024-2025 confirmado por laboratorio, correspondiente al serotipo DEN-1
En el día internacional que la ONU estableció para reconocer a las mujeres rurales, la presidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados destacó “el rol que han tenido en la provincia de Santa Fe desde la llegada de los primeros colonos hasta asumir los múltiples desafíos que hoy conlleva el modelo agrobioindustrial”.
La presidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados visitó los departamentos Castellanos, San Cristóbal, San Justo y Vera. “No se puede legislar sin conocer lo que sucede en las ciudades y comunas”, sostuvo y avaló la gestión de Unidos: “La defensa de Santa Fe siempre está primero”.
Los brigadistas “no dan abasto” y necesitan un recambio urgente. El gobierno provincial declaró “zona de desastre” a los lugares afectados.