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Piden la regulación del servicio privado de cadetería y mensajería

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En la sesión del martes, ingresó en el Concejo un proyecto de ordenanza con el objetivo de regular el servicio privado de cadetería y mensajería en la ciudad de Arroyo Seco. Las autoras, Romina Dianda y la Dra. Julia Acosta, consideraron que existe un vacío legal y que, en este marco, se requiere de una normativa que ordene la actividad y otorgue seguridad a los beneficiarios y a los trabajadores.

Así, el proyecto cuenta con diez artículos que detallan su implementación: “A los efectos de la movilidad, podrán utilizarse: bicicletas, motovehículos y utilitarios que cumplan con la normativa vigente”, reza en el artículo cuarto y en el quinto agrega las condiciones que deberá reunir el producto transportado de acuerdo a sus características:

Para todas las modalidades:

  • Nombre de la agencia, empresa, comercio y número de habilitación en el caso de que la prestación sea encomendada por comercio habilitado. Si realiza prestaciones para diversos comercios deberá contar con copias de la facturación, ticket o remito en los cuales consten los datos exigidos.

Para la modalidad cadeteria:

  • Caja de material resistente con cierre de seguridad cuya ubicación no obstaculice la visibilidad, luces, patentes e instrumental y que no comprometa la estabilidad de los vehículos de dos ruedas.
  • Paredes interiores de material isotérmico y lavable.-
  • Compartimentos regulables y desmontables.
  • Cierre hermético
  • Observar estrictamente toda disposición emanada por el código alimenticio nacional.

Por otra parte, el artículo seis indica que “todos los vehículos, cajas y compartimentos deberán ser verificados por la Dirección de Bromatología, expidiendo la misma un certificado de aptitud y una habilitación en el caso correspondiente. Tal dirección formará un Registro de los vehículos y titulares habilitados a tales fines. A su vez, los conductores deberán contar con carnet de manipulación de alimentos” mientras que en el punto siete se marcan los requisitos necesarios como el vehículo en condiciones, la licencia de conducir habilitante, el escape reglamentario, la cédula de identificación, el seguro vigente y las placas de dominio debidamente colocadas.

Finalmente, los últimos tres artículos hacen referencia a la prohibición de servicios privados de cadetería de entrega de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad y que el Tribunal de Faltas Municipal podrá decomisar la mercadería si los trabajadores no cumplen con las condiciones sanitarias y de seguridad vial.

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